El aumento del salario mínimo, vital y móvil definido por el Consejo del SMVM determinó asimismo el nuevo mínimo no imponible de $ 1.980.000 que regirá para el impuesto a las Ganancias para octubre, noviembre y diciembre, mientras se debate en el Congreso la sanción de la ley que elimina la cuarta categoría del tributo.
El Gobierno oficializó a mediados de mes el incremento a partir del 1 de octubre próximo del mínimo no imponible de Ganancias equivalente a 15 salarios mínimos mensuales para el segundo semestre del período fiscal 2023, a través del decreto 473/2023.
El mismo estableció que para el segundo semestre del período fiscal 2023, el monto de la remuneración o del haber bruto que se toma en cuenta como mínimo no imponible de Ganancias ascenderá a una suma mensual equivalente, conforme el monto que esté vigente el 1 de octubre de 2023, a quince salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM).
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Así, el piso de $ 1.770.000 determinado por la decisión del ministro de Economía, Sergio Massa, pasará a ser de $ 1.980.000 para el último trimestre del año.
La plenaria del Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil aprobó ayer un aumento de ese ingreso para el período octubre-diciembre del 32,2%, por lo que a partir del próximo mes esos trabajadores percibirán un haber de $ 132.000; en noviembre, de $ 146.000; y hacia fin de año, de $ 156.000.
Con información de Télam