Sebastián Villa fue presentado como uno de los refuerzos de Independiente Rivadavia en este mercado de pases. El delantero colombiano regresó al país para disputar la segunda mitad de la Liga Profesional de Fútbol tras un breve paso en Bulgaria, en donde jugó once partidos con el Beroe Stara Zagora de la Primera Liga; su salida se dio luego de haber sido declarado culpable en una causa de violencia de género por la que recibió una pena de dos años y medio de prisión. En este contexto, la presentación que el conjunto mendocino hizo del jugador generó polémica en las redes sociales.
"¡Bienvenido, Caudillo!" fue el mensaje con el que la "Lepra mendocina" hizo oficial la llegada del ex Boca Juniors y Deportes Tolima a la institución. El equipo dirigido técnicamente por Martín Cicotello marcha decimotercero en el torneo local, aunque se encuentra en una situación crítica: ocupa el último lugar en la tabla de los promedios, por lo que de mantenerse esta situación descendería a la Primera B Nacional. Independiente Rivadavia ascendió el año pasado después de ganar la primera final por el ascenso ante Almirante Brown por 2 a 0.
La otra causa abierta por abuso sexual que tiene Sebastián Villa
El atacante oriundo de Antioquía atraviesa actualmente otro proceso por "abuso sexual carnal": la denunciante es Tamara Roldán, quien lo acusó por un episodio acontecido en junio de 2022. A pesar de que la causa continúa abierta, la justicia argentina permite que Villa continúe trabajando, incluso en Argentina; gracias a esta habilitación, Independiente Rivadavia se pudo hacer con sus servicios para el segundo semestre.
Juicio contra Villa: la Cámara rechazó el pedido de extinción penal y la causa de abuso sexual continúa
El Destape confirmó que la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental de Lomas de Zamora resolvió no hacer lugar a los planteos efectuados por ambas partes luego de mantener la suspensión temporal del juicio contra el futbolista Sebastián Villa, imputado por el delito de "abuso sexual con acceso carnal". De esta manera, a pesar de los recursos de apelación interpuestos por el defensor y la particular damnificada, decidieron "declarar inadmisible" la extinción de la acción penal y la causa continúa vigente. Asimismo, rechazaron la recusación de la magistrada a cargo.
MÁS INFO
"Se resuelve no hacer lugar a los planteos efectuados por las partes tendientes a que se declare extinguida la acción penal en esta causa, en los términos del Art. 59 inciso 6° del Código Penal -resulta inadmisible-. En efecto, el párrafo 11° del Art. 338 del C.P.P. dispone que '(...) salvo las resoluciones que impidan la prosecución de la causa, las cuales podrán ser apeladas ante la Cámara de Garantías, no habrá recurso alguno contra lo dispuesto en esta etapa y la parte agraviada podrá formular protesta, la que equivaldrá a la reserva de los recursos de apelación, casación y extraordinarios que pudieren deducirse contra la sentencia definitiva, según corresponda conforme los artículos 20 y 21'", indicaron los jueces Miguel Navascues, Guillermo Rolón y Miguel María Alberdi en el fallo al que accedió este medio.