El exjugador de Boca Juniors y River Plate Jonatan Fabbro volvió a recibir un duro revés judicial. Este viernes 8 de julio, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal decidió rechazar el pedido de nulidad que había presentado el nacionalizado paraguayo por la condena a 14 años de prisión que había recibido por abuso sexual ultrajante contra una menor de edad, en por lo menos cinco oportunidades.
Dicha Cámara, integrada por los jueces Pablo Jantus, Mario Magariños y Alberto Huarte Petite, explicó en el escrito que, incluso, el exvolante del seleccionado de Paraguay podría terminar recibiendo una pena mayor a la anterior. El fallo, expone lo siguiente: "Modificar la calificación legal de los hechos por los que recayó condena contra Jonathan Fabbro, los que resultan constitutivos de los delitos de abuso sexual agravado por haber mediado acceso carnal –reiterado en cinco hechos, en concurso real–, uno de ellos agravado por estar el imputado encargado de la guarda de la damnificada; y promoción a la corrupción de un menor de edad, agravado por la minoría de trece años de la víctima; en concurso ideal".
Ante dichos argumentos, el órgano penal resolvió en el comunicado: "Remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Sorteos de la Cámara Federal de Casación Penal a fin de que desinsacule otro tribunal del fuero que deberá determinar el monto de pena que estime correspondiente imponer, sobre la base de la calificación legal aquí asignada".
Fabrro, que se encuentra detenido desde el 2017 en el penal de Marcos Paz y fue condenado en 2019, al momento de la denuncia gozaba de un importante reconocimiento futbolístico en Cerro Porteño, y también llegó a jugar varios partidos con la camiseta "Albirroja". Además, se hizo famoso por ser pareja de la modelo Larissa Riquelme, una mujer popular en tierras guaraníes que en últimos posteos en sus redes sociales admitió que la relación continúa.
Otras argumentaciones en el fallo de la Cámara
"El Tribunal descartó acertadamente confabulación alguna en contra del imputado y sostuvieron que 'tampoco hemos hallado indicio alguno en el proceso que nos haya permitido sospechar que la niña hubiera declarado falsamente, con el objeto de vengarse de Jonathan Fabbro; o que con su denuncia haya pretendido llamar la atención, como lo mencionaron algunos de los testigos de descargo propuestos por la defensa'", destaca en otro de los párrafos el comunicado de los jueces.
"La razón para incriminar este delito es el desprecio mayor por la dignidad e integridad sexual de la víctima mediante hechos que por su duración o por las circunstancias de su realización son gravemente ultrajantes". "En esta coyuntura consideramos que la pena de CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS refleja una reacción penal estatal justa, equitativa y proporcional...", finalizó el escrito, que también aclara que, como confesó la menor edad, no podía dormir junto a su padre como consecuencia de los ataques producidos por Fabbro que le generaban miedo de que volvieran a ocurrir.