La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio oficializó el cambio en el sistema de importaciones con la eliminación de las SIRA y su reemplazo por el SEDI, que pasará a tener un registro donde se informará, en carácter de declaración jurada y de forma anticipada, las destinaciones de importación para consumo, y dispuso la creación de un padrón para deudores.
Si bien los cambios contemplan que no habrá más licencias ni permisos para importar, algunos rubros quedaron exceptuados del nuevo registro. Por ejemplo, los servicios conocidos como “puerta a puerta” y Courier que permiten recibir a domicilio productos comprados en el exterior a través de plataformas como Amazon, Alibaba, Tiendamia, entre otros.
Desde la Secretaría de Comercio remarcaron que las personas que utilicen estos servicios no deberán completar una SEDI, pero seguirán vigentes los procedimientos aduaneros establecidos en las distintas normas. “No estamos modificando en este momento la normativa de courier, sino la de importaciones. Son dos cosas diferentes. Por el momento, la resolución que se publicó hoy es la desarticulación de SIRAS y del sistema de licencias”, explicaron desde el organismo. De todas formas, no hay que descartar cambios en el futuro, pues el Gobierno de Javier Milei prometió eliminar las restricciones al comercio exterior.
Por lo pronto, el servicio de "puerta a puerta” dejó de financiarse en cuotas el año pasado, al tiempo que se redujo de 3.000 dólares a 1.000 el monto máximo permitido en estas transacciones. Es decir, la resolución del Banco Central dio marcha atrás con la norma que existió desde 2018, cuando durante el Gobierno de Mauricio Macri el tope había saltado de 900 a 3.000 dólares.
Además, el envío no puede pesar más de 50 kilo y se puede ingresar hasta tres unidades de una misma especie, pero en ningún caso puede tener finalidad comercial. Hasta ahora, solamente está permitido realizar hasta cinco pedidos al año a través de este sistema courier y 12, en el caso del servicio postal.
Los topes para este tipo de operaciones existen en todos por países de la región. Por ejemplo, en Uruguay el máximo permitido es de 200 dólares y en Brasil y Chile asciende hasta los 3.000. En Perú el límite es de 2.000 dólares. Mientras que Bolivia y Paraguay tienen el mismo tope que nuestro país: 1.000 dólares.
SEDI: importaciones exceptuadas
El Gobierno puso en vigencia el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), sustituyendo a la anterior, SIRA, impulsado por el exministro de Economía, Sergio Massa. Esta modificación busca la desregulación del comercio exterior, marcando una transición sin licencias ni permisos para importar, aunque ciertos rubros queden exentos de este registro.
La Resolución Conjunta 5466/2023 exceptúa de efectuar las declaraciones SEDI a las siguientes operaciones:
- Destinaciones de importación para consumo, realizadas en el marco de los regímenes de muestras, de donaciones y de franquicias diplomáticas.
- Mercaderías con franquicias de derechos y tributos.
- Mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales.
- Bienes amparados en el régimen de importaciones para insumos destinados a investigaciones científico-tecnológicas que se encuentren enmarcados en el certificado previsto en el Artículo 4° de la Ley N° 25.613.
- Bienes provenientes del Área Aduanera Especial creada por la Ley N° 19.640 que se importen al territorio continental, así como a las operaciones de importación de bienes provenientes del territorio continental que se importen a dicha Área Aduanera Especial.
- Todas aquellas mercaderías que ingresen en el marco de lo previsto en la Resolución General N° 3.628 de AFIP.