Feriado del miércoles 21 de junio: quiénes no trabajan y tendrán fin de semana de 5 días

En las últimas horas decretaron feriado para el próximo miércoles 21 de junio de 2023. Por qué se celebra y quiénes tendrán fin de semana largo de cinco días.

13 de junio, 2023 | 12.53

En la previa del fin de semana largo, se conoció una noticia de último momento: se decretó feriado para el próximo miércoles 21 de junio de 2023, por lo que habrá gente privilegiada que tendrá un descanso mucho más extenso. Pero, ¿por qué se celebra y a quiénes alcanza?

Pese a que este fin de semana será XXL debido a que habrá cuatro días seguidos de descanso -que será del 17 al 20 de junio- por el Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes y el Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano, o cierto es que hay tan sólo algunos trabajadores que podrán disfrutar de un día libre más.

Por qué se celebra el feriado del 21 de junio y a quiénes beneficia

El feriado del 21 de junio será para aquellos trabajadores del Banco Provincia que trabajen en las localidades de Rafael ObligadoRojasEl Dorado y Leandro N. Alem, ubicadas en la Provincia de Buenos Aires. ¿El motivo? Se trata de un feriado administrativo que otorga el mencionado banco.

De esta manera, los trabajadores del Banco Provincia de las mencionadas localidades contarán con 5 días de fin de semana largo.

Algunos trabajadores tendrán fin de semana largo de 5 días en junio.

El calendario de feriados: cuántos quedan en 2023

Junio 

  • Sábado 17 de junio: se recuerda el Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
  • Lunes 19 de junio: Feriado puente de carácter turístico.
  • Martes 20 de junio: se conmemora el Día de la bandera y el paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.

Julio 

  • Domingo 9 de julio: se recuerda el Día de la Independencia.

Agosto

  • Lunes 21 de agosto: se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.

Octubre

  • Viernes 13 de octubre: Feriado con fines turísticos.
  • Lunes 16 de octubre: se conmemora el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

Noviembre

  • Lunes 20 de noviembre: se recuerda el Día de la Soberanía Nacional.

Diciembre 

  • Viernes 8 de diciembre: Día de la Virgen.
  • Lunes 25 de diciembre: Navidad.

 

    Cómo se cobran los feriados si trabajo

    Según la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), para el caso que preste tareas en un día feriado, se percibirá la remuneración normal de los días laborables más una de cantidad igual, la cual se calculará conforme dispone el artículo 169. En este sentido, para determinar el valor de acuerdo a las formas de pago, la LCT fija el cálculo de la siguiente manera: 

    Para los trabajadores mensualizados: si presta servicios en un día feriado, para determinar el monto a pagar se considera que corresponde abonar el valor del día, más un día más que se calcula como de vacaciones; es decir, corresponderá dividir su salario por 25.

    Para los jornaleros por día o por hora: se debe abonar el día o las horas más otra cantidad igual, en el caso de que no concurrieran a trabajar día se determinará de acuerdo con lo que normalmente el trabajador percibe por día o por hora, teniendo en cuenta, en el caso de los jornaleros por hora, el número de horas que normalmente trabajan por día.

    Para el trabajador que cobra comisiones y otras formas variables: en estos casos la determinación del salario se efectuará tomando como base el promedio percibido en los treinta días inmediatamente anteriores al feriado. Para obtener el promedio se suma todo lo percibido como remuneración en los últimos treinta días, dividiendo el total por el número de días u horas normales de trabajo que hay en esos treinta días.

    Para los destajistas: se tomará como salario base, el promedio de lo percibido en los seis días de trabajo efectivo inmediatamente anteriores al feriado o el que corresponde al menor número de días trabajados.

    Cómo se cobra un día no laborable

    Los "días no laborables" tienen otra desventaja para el trabajador. En el caso de que el empleador establezca la continuidad de la jornada laboral, el trabajador no cobrará doble, si no el valor habitual de su jornada.