Septiembre arrancó con un feriado de fin de semana largo para este viernes 8. Aunque no se trata de un feriado nacional, la medida sí afectará a cientos de argentinos que podrán disfrutar la jornada de descanso: los detalles a tener en cuenta y a quiénes beneficia.
En las últimas horas, se dio a conocer que el próximo viernes 8 de septiembre los empleados que trabajen en el Banco Provincia de algunas sedes tendrán feriado y fin de semana largo. Las personas que trabajen en el Banco Provincia de San Pedro, Carhué (Adolfo Alsina), La Niña (9 de julio) y José Benito Casas (Patagones) no trabajarán este viernes.
En el caso de San Pedro, ciudad de Buenos Aires que comprende 69.616 habitantes (según datos del INDEC de 2022), Carhué, conocida por sus aguas termales, un destino inevitable para muchos turistas, y La Niña, un pueblo fundado en 1912 con la llegada del ferrocarril a la región (ahora dejó de pasar), el feriado está enmarcado como una "Celebración Patronal".
Por otro lado en José Benito Casas, que en 2022 cumplió 100 años desde su creación, el feriado para los trabajadores del Banco Provincia se deberá a su Aniversario Fundacional. La medida afectará únicamente a quienes residan en dichas ciudades de la Provincia de Buenos Aires.
Feriados que restan en el año
- 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional) - Es un Lunes.
- 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) - Es un viernes.
- 25 de diciembre (Navidad) - Es un lunes.
- 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) se celebrará el lunes 16 de octubre.
- Viernes 13 de octubre (feriado con fines turísticos)
Otro feriado de Septiembre: Día del Empleado de Comercio
El martes 26 de septiembre, los empleados de comercio en Argentina celebrarán el "Día del Empleado de Comercio", una jornada especial que afectará directamente a diversos puntos del sector mercantil en todo el país. Esta conmemoración se establece en virtud de la Ley 26.541, sancionada el 11 de noviembre de 2009 y ratificada por el artículo 76 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75. El evento tiene como objetivo principal contemplar los beneficios establecidos para el descanso dominical de los trabajadores de este sector.
El artículo 1° de la Ley 26.541 declara: "Establécese como descanso para los empleados de comercio, el día 26 de septiembre de cada año, en que se conmemora el 'Día del Empleado de Comercio'". Esta disposición legal garantiza un día de descanso para los empleados de comercio, en reconocimiento a su labor en el sector.
De acuerdo con el punto 2° de esta ley, los trabajadores afectados por la celebración del "Día del Empleado de Comercio" no prestarán labores el próximo 26 de septiembre, equiparándose a los feriados nacionales en todos los efectos legales. Esto significa que se aplicará la legislación dispuesta en el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
El artículo 166 de la LCT establece que durante los días feriados nacionales, se aplican las normas legales relacionadas con el descanso dominical. Los trabajadores que no gocen de la remuneración correspondiente a estos días feriados percibirán el salario respectivo, incluso si el feriado coincide en domingo.