Caso Junior Benítez: la fiscalía solicita seis años de prisión y la querella, la pena máxima de ocho años de cumplimiento efectivo

Finalizó el juicio oral contra el futbolista por daños, amenazas, desobediencia y tenencia ilegal de arma. Tras los pedidos de la fiscal Monti y del representante de la familia, la defensa solicitó la absolución. El martes, el veredicto.

04 de abril, 2024 | 23.17

Este jueves finalizó el juicio oral contra el futbolista Oscar Junior Benítez, en la causa en la que se lo investiga por el delito de "coacción agravada, daño, daño informático, amenazas, desobediencia y tenencia ilegal de arma de guerra" por diversos hechos ocurridos -entre 2021 y 2023- en perjuicio de la familia de su expareja, Anabelia Ayala. Tras el pedido de la fiscalía, de una pena de seis años, la querella pidió el máximo posible (un total de ocho años) y la defensa, la absolución total. El próximo martes, a partir de las 10, se va a dar a conocer el veredicto y la sentencia

Durante su alegato, según pudo conocer El Destape, la fiscal de juicio Mariana Monti manifestó que no encuentra acreditado el delito de "coacción agravada por el empleo de arma" -en perjuicio de su expareja-, sin embargo aseguró que el resto de las conductas sí fueron acreditadas durante el debate y también la autoría del imputado en relación a los hechos denunciados, "conductas que concurren materialmente entre sí". Por esa razón, solicitó la pena única de seis años de prisión, el decomiso del arma de fuego y proyectiles junto a la entrega de su teléfono celular.

Por su parte, el abogado querellante Rodrigo Tripolone pidió la pena máxima por todos los hechos denunciados. De esta manera, se solicitó una pena de ocho años de cumplimiento efectivo, siendo trasladado de forma inmediata a un centro penitenciario bonaerense. "Solicitamos la unificación, que se sumen los seis meses de la condena previa a estos ocho años de prisión", manifestó.

Por su parte, la defensa enumeró que "queda acreditado que jamás llevó tal magnitud de los hechos", que siempre acudió a Anabelia "cuando lo llamaba amenazando con quitarse la vida", que a partir de las pericias se observa que "no tiene alteraciones morbosas ni insuficiencia de sus facultades mentales". Además, añadió que "no tiene un perfil psicópata" ni evidencia sintomatología alguna. Frente a todo esto, y asegurando que "no tiene culpabilidad alguna"pidió la absolución del acusado "por considerar que no existen argumentos suficientes para que esté penado".

Con respecto al segundo punto, tanto la fiscal como la querella mostraron su discrepancia ya que "en ningún momento del debate" se dijo que Anabelia amenazaba con suicidarse, ni siquiera dicho hecho fue expresado por el propio jugador. La abogada señaló que "no fue algo que dijo" sino "una interpretación" propia realizada a partir de la declaración de Benítez. Mientras que el abogado Tripolone apeló que nunca se planteó la idea de "alteraciones morbosas", sino que el acusado "comprende la criminalidad de sus actos".

"Solamente quería darle el pésame a la familia Ayala, por lo sucedido con Anabella", concluyó en sus última palabras el acusado, diciendo su nombre erróneamenete en un "claro mensaje para la familia", según analizó la querella.

Desobediencias sistemáticas y antecedentes como agravantes: los argumentos de la fiscal

En primer lugar, la fiscalía señala que la documentación respaldatoria en relación a la prohibición de acercamiento del imputado presentada en el juicio -dispuestas el 25 de enero, por 40 días y el 21 de marzo del 2022, ampliada por dos años- confirma que "Junior" Benítez no podía acercarse a 300 metros del domicilio de la familia Ayala y "la orden fue sistemáticamete desobedecida por el imputado". Al mismo tiempo, debido a las declaraciones de diversos testigos, quedaron probadas las amenazas realizadas y el posterior incendio llevado a cabo en la puerta de la casa, donde se destruyeron objetos personales de la joven.

"El arma utilizada en ese hecho (amenazas), para amedrentar a Juan Carlos Ayala y a su familia, que oportunamente fue secuestrada en su casa, fue reconocida por uno de los testigos. Dicha arma fue periciada y se ha demostrado la aptitud para su funcionamiento", aseguró Monti. Mientras que también sostuvo que otro testigo pudo observar la "fogata" en la puerta del domicilio y también escuchó los gritos y amenazas de Benítez contra Anabelia y a su vez un tercero vio los restos de dicho incendio.

La destrucción de los archivos de la computadora familiar, por otro lado, quedaron acreditados por una conversación que mantuvo el padre de la víctima con su hija: Anabelia fue quien aseguró que "Junior" borró los datos porque había fotos de exparejas de ella; fue una conversación con ambos padres que pudo presenciar su hermano. Mientras que a los daños, presenciados por los integrantes de la familia y diversos vecinos, la fiscal los califica como de mucha violencia y extremidad. 

"Los familiares de Benítez también declararon sobre este hecho, intentando mejorar su situación, refiriendo que Anabelia les había avisado que Benítez estaba yendo a su casa, para que lo fueran a buscar, reforzando que el hecho sucedió. Ella se contactó con su familia con la intención de evitar que Benítez nuevamente violara la perimetral, que se enfrentara con su familia. Seguramente, en su desesperación por seguir defendiendo a su agresor, quiso evitar problemas para que no llamaran a la policía o lo detuvieran. Cuando sus familiares llegaron al lugar no pudieron evitar nada porque ya había hecho estragos: había amenazado a la familia, pateado la puerta y roto el portón, había lastimado a un familiar", especificó la fiscal.

Por otra parte, según la Fiscalía, la desobediencia y el daño en las ruedas del vehículo también se encuentran probados por los diversos testigos mencionados (familiares y vecinos). Incluso, testigos aseguran que Benítez solía vestirse de buzo y pantalón negro, por lo que fue fácil identificarlo y observar las coincidencias. Mientras que, respecto a la tenencia del arma -hallado en el dormitorio de sus hijas- se probó que estaba vencida.

"Las desobediencias eran sistemáticamente reiteradas, según diversos testigos pasaba con la camioneta por la puerta del domicilio en reiteradas ocasiones", marcó sobre las órdenes de restricción. Dicho delito, probado a lo largo de todo el debate, tiene como consecuencia inmediata "la revocación del beneficio" pero también trae consigo aparejada una consecuencia penal, como una pena, ya que "al desobedecer la orden del juez, comete un nuevo delito", añade la fiscal.

Más allá de las pruebas y las declaraciones de testigos, la fiscal Monti se basó en las pericias psicológicas (actuación impulsiva, rasgos de inmadurez e inseguridad, narcisista, ley internalizada pero que puede trasgredir con justificaciones, histeria, manejo de impulsos hostiles, agresividad y manipulación) y psiquiátricas para señalar que el acusado tenía la capacidad de comprender y entender sus acciones.

Por último, en sus argumentos, valora los antecedentes como agravantes ya que Benítez "fue condenado a seis meses de prisión" por delitos contra la misma víctima y el mismo denunciante. "El señor despreció la oportunidad de la pena de ejecución condicional que se le dio oportunamente y volvió a realizar conductas contra las mismas personas", acusó. Mientras que añade, también como agravantes, la "nocturnidad" para desarrollar sus acciones, el aprovechamiento de la debilidad emocional de la joven y el contexto de violencia de género.

"Por todo lo expuesto considero que se imponga a Oscar Benítez la pena de cinco años y ocho meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso. Asimismo corresponde revocar la pena de seis meses de prisión condicional, que le fuera impuesta en la causa, requiriendo entonces que conforme a lo normado por el Art. 58 del Código Penal se imponga la pena única de seis años de prisión", concluyó la fiscalía.

La querella pidió la pena máxima por los delitos

A la hora de su alegato, el abogado querellante Rodrigo Tripolone se mostró de acuerdo con la acusación realizada por la fiscal y también, frente a la falta de la víctima Anabelia Ayala, desisten del delito de "coacción agravada". De todas maneras es importante aclarar que hay una segunda investigación en curso por la muerte de la joven, donde el propio "Junior" Benítez es investigado por "instigación al suicidio". Basándose en las pruebas y las declaraciones de los testigos, sostuvo que "han quedado debidamente clarificado los hechos" por los cuales se lo acusa.

"Las pruebas definieron que el Sr. Benítez cometió todos y cada uno de los hechos por los que se encuentra en este momento en el banquillo y que todos los hechos que fue cometiendo, lamentablemente, llevaron a dar fin a la vida de Anabelia. Tenía un solo objetivo, destruir a su víctima", señaló. A su vez acusó de mentiroso al imputado que, durante su declaración, insinuó que Anabelia sufría golpes y abusos familiares y también que ella había escondido el arma en el placard de sus hijas. "Mintió durante las pericias, cuando dijo que sólo tuvo una intervención y también tiene una operación de lengua bífida", agregó.

Mientras que aseguró que Anabelia solo se "automedicaba" cuando estaba con su familia y no cuando estuvo conviviendo con él, "cualquier persona que tenga un poco de conocimiento sobre medicación sabe que se genera una dependencia y no pueden ser cortados abruptamente, los síndromes de abstinencia debería haber aparecido". Además denunció que durante todo el debate se mostró con "total ajenidad, hasta bostezó en varias oportunidades", por lo que citó al perito remarcando que no se pueden descartar "rasgos psicopáticos" debido a la escasa realización de tests. "No se buscaba, en esta causa, determinar si es o no un psicópata pero esa puerta queda abierta", aseguró a El Destape.

La querella subrayó que Benítez "conocía y comprendía la calidad de sus conductas y por lo tanto, es punible" por los delitos señalados. También señaló la condena previa como antecedente y agravante, en perjuicio de los Ayala. "Benítez fue, es y será peligroso contra sus semejantes. Y sobre todo, contra quienes lo denunciaron", apuntó.

Ante esto, Tripolone consideró que no hay eximentes sino solo agravantes en la causa y solicitó que se tenga en cuenta el contexto de violencia de género en el que se cometieron los delitos. "No he visto tanta perversidad en un sujeto que llegó a aniquilar brutalmente a su víctima y a toda su familia", agregó. Y cerró: "Mantengo la calificación legal, no estoy de acuerdo con la pena solicitada por la fiscalía. Solicito el máximo de las penas: seis (6) años por la tenencia ilegal de arma de fuego, un año por la desobediencia reiterada -que es un delito autónomo- y un año por el daño".

Línea 144: atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de género. Por WhatsApp: +5491127716463.