El Ministerio de Turismo y Deportes dio a conocer todos los detalles sobre el plan PreViaje, el programa de preventa turística que te da beneficios para viajar a todos los destinos de Argentina durante el 2021 con un 50% de descuento a través de un "bono vacacional".
En la Resolución 456/2020 publicada esta mañana en el Boletín Oficial se afirma que, en el escenario post pandémico, el turismo será un dinamizador de la economía, por lo que requiere del apoyo y soporte del Estado Nacional en lo inmediato para promocionar una pronta recuperación del sector.
Por este motivo, se creó el plan PreViaje, que funciona como una precompra de vacaciones antes de fin de año. Al cargar los comprobantes, se recibirá el 50% de lo que se haya gastado para utilizar dentro de la Argentina en 2021 a través de un "bono vacacional".
Si se quiere viajar en enero o febrero de 2021, serán válidos aquellos comprobantes emitidos desde el 21 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2020. Si se quiere viajar a partir de marzo, serán válidos aquellos comprobantes emitidos desde el 21 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2020.
Quiénes pueden acceder al bono vacacional
Serán beneficiarios/as del Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales las personas humanas mayores de 18 años que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento y cuya solicitud de beneficio haya sido aprobada por la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA Y NUEVOS PRODUCTOS del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES. Será requisito contar con clave única de identificación tributaria (CUIT) o código único de identificación laboral (CUIL).
La inscripción al bono vacacional
El sitio web “Previaje” (http://www.previaje.gob.ar) será el único canal habilitado para solicitar el beneficio del bono vacacional mediante la acreditación de las compras anticipadas.
Cómo funciona el bono vacacional
Los/las beneficiarios/as percibirán un cupón de crédito equivalente al 50% del monto total acreditado en concepto de compras anticipadas, de acuerdo a las condiciones establecidas en este Reglamento. Los mismos podrán ser utilizados únicamente para la adquisición de servicios turísticos brindados dentro del territorio nacional y ofrecidos por parte de empresas o establecimientos que se hayan inscripto en el programa.
-Topes
Las compras anticipadas de: a) servicios de alojamiento turístico nacional en hoteles, hosterías, cabañas, bungalow, aparts, camping, refugios de montaña, albergues juveniles y apartamentos de tiempo compartido, b) transporte aerocomercial de cabotaje y terrestre de larga distancia nacional y c) servicios adquiridos ante Agencias de Viaje nacionales, podrán generar crédito en concepto de beneficio por un monto de hasta $100.000.
Los demás servicios turísticos podrán generar crédito por un monto total de hasta $5.000. El monto máximo que un beneficiario/a podrá percibir en concepto de beneficios en el marco del Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos es de $100.000. Una vez alcanzada dicha suma, ya no podrá volver a generar crédito ni beneficio.
-Vigencia
Los cupones de crédito estarán disponibles para su utilización a partir de la prestación de él/los servicios adquiridos, hasta el día 31 de diciembre de 2021. Podrá ser utilizado en todo el territorio nacional, de acuerdo a los alcances y condiciones de este Reglamento. A partir de la fecha límite indicada en el párrafo anterior, los créditos correspondientes a beneficios otorgados que no hayan sido utilizados, caducarán de pleno derecho.
-Modalidad de entrega y uso
Los cupones de crédito serán acreditados y utilizados a través de la billetera electrónica (“BNA+”) del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
Los/as beneficiarios/as que perciban cupones de crédito mayores a $5.000 podrán solicitar, además, la entrega de una tarjeta magnética de pago precargada (“TTNE”) con el crédito correspondiente. La billetera electrónica y/o la tarjeta será emitida en favor del beneficiario/a y sobre él/ella recaerá su Titularidad, siendo personal e intransferible.
-Exclusiones
Los cupones de crédito entregados no podrán utilizarse para compras en cuotas ni para la adquisición de traslados aéreos, terrestres, marítimos o fluviales internacionales y/o servicios a prestarse o desarrollarse, total o parcialmente, fuera del territorio nacional.