Emerenciano Sena y Marcela Acuña fueron procesados por trata de personas

La jueza federal de resistencia procesó a Emerenciano Sena, Marcela Acuña y Osmar "Quitín" Gómez por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral en la provincia de Chaco. Es una causa paralela al caso Cecilia.

20 de febrero, 2024 | 11.07

La jueza federal de Resistencia, Zunilda Niremperger, procesó sin prisión preventiva a los dirigentes Emerenciano Sena, Marcela Acuña y Osmar "Quitín" Gómez por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral en Chaco. Además, la magistrada ordenó trabar embargos contra los tres imputados y por lo tanto, cada uno deberá responder por la cifra de 31.000.000 de pesos.

Cabe señalar que los imputados están actualmente detenidos por otros delitos cuya investigación está bajo la órbita provincial. Sena y Acuña están acusados de ser coautores del femicidio de Cecilia Strzyzowski en manos de su hijo –ex pareja de la mujer–, César Sena. En cambio, Gómez debe responder por abuso sexual.

Dicho procesamiento federal, llevado adelante este 20 de febrero, está relacionado con una causa que comenzó hace varios años por el manejo que tuvieron los tres dirigentes con los trabajadores de lo que fue el "Programa Sueños Compartidos" de las Madres de Plaza de Mayo, que en su momento fue comandado por Sergio Schoklender, uno de los denunciantes de esta causa.

Los hechos cometidos por los tres acusados habrían ocurrido en el predio de lo que es hoy el barrio Emerenciano, que cobró notoriedad con el caso Cecilia Strzyzowski.

Para la magistrada, tras analizar las pruebas que obran en el expediente, los tres acusados deben responder por "trata de personas con fines de explotación laboral mediando engaño, violencia, amenazas y abuso de una situación de vulnerabilidad, calificado por haber sido cometido por tres o más personas y por el número de víctimas".

Según las declaraciones testimoniales, se puede inferir que la forma de consumar la explotación habría sido a través de extensas jornadas laborales de hasta 16 horas y una quita de porcentaje de la remuneración percibida. Para las víctimas, un total de 31 personas, todo empeoró cuando los dirigentes pasaron a manejar el programa mencionado previamente.

En el fallo de la jueza, se puede leer que "debe repararse que si bien Sena y Acuña surgen registrados como trabajadores, al igual que las víctimas, lo cierto es que claramente su estatus era superior al del resto de los trabajadores e inclusive de la parte empleadora, ya que a partir de que tomaron el obrador, no sólo lograron desplazar al empleador sino que se quedaron a cargo del predio y continuaron con la edificación del lugar, que pasó a denominarse barrio Emerenciano".

"No puede soslayarse que, al no surgir que la situación referenciada fuera revertida por alguna autoridad, sino que aparece como consentida y normalizada, seguramente contribuyó a fortalecer la posición jerárquica/autoritaria asumida por los imputados y permitió que continuaran desplegando impunemente su accionar delictual conforme las conductas descriptas a lo largo del presente", se indicó.

Otro detalle que se puede observar en el procesamiento dictado es que consta que la UOCRA aseguró que no pudo hacer una constatación porque "el personal de seguridad del portón del obrador no les permitió el ingreso, argumentando que la obra pertenecía al movimiento social MTD Emerenciano y que el manejo de la misma dependía de dicho movimiento".

Con información de Télam.