La decisión de Glovo de vender sus operaciones en América latina a la alemana Delivery Hero, que tiene la mayoría del capital accionario de Pedidos Ya, volvió a poner sobre la mesa un debate que tiene años y muchas deudas: la situación de los trabajadores. Tanto los reconocidos por las aplicaciones de delivery – mediante relación laboral – como aquellos que no - los repartidores y repartidoras-. Según informó la empresa que adoptará una posición más dominante, los empleados serán absorbidos y podrán seguir prestando el servicio. Sin embargo, el panorama demanda cautela, al menos hasta que la transferencia se concrete, algo pautado para el 1 de octubre. Mientras tanto, la necesidad de regular el sector se vuelve cada vez más imperiosa y demanda un debate en el Congreso de la Nación.
Juan Ottaviano, asesor legal de la Asociación de Personal de Plataformas (APP) explicó a El Destape que esta compra deja en evidencia a un mercado que tiende a la concentración. Esta operación implicará la transferencia de todos los activos de Glovo a Pedidos Ya. O sea los datos, la cartera de clientes, alianzas y contratos con comercios proveedores, los empleados administrativos, de áreas de gestión, pero también los repartidores. Si se respetara la Ley de Contrato de Trabajo, la transferencia debería ser total: todos los puestos de empleo con la antigüedad y derechos laborales que correspondan.
Hace unos meses, la Legislatura porteña avanzó con una normativa para el sector. Debía clasificar a las plataformas como prestadoras de un servicio, algo que no ocurrió ya que las catalogaron como meras intermediarias. Una aplicación que facilita un medio para que las personas “sean sus propios jefes”, siguiendo el discurso macrista. Frente a ésto, Ottaviano advirtió que “se puede innovar regulatoriamente, dar protecciones y admitir las novedades de las nuevas formas de trabajo”. En este caso, le corresponde a Nación.
Este proyecto lo hacemos colectivamente. Sostené a El Destape con un click acá. Sigamos haciendo historia.
“Estas empresas se están autorregulando y no las podemos seguir clasificando como aplicaciones que reparten comida. Rappi te está vendiendo el producto, no el restaurante. No paga impuestos por el IVA e IIBB, declara una facturación muy inferior a las ventas que realiza, no cumple con las condiciones frente a los usuarios, tampoco se hacen cargo de los trabajadores. Hay que poner en debate qué servicios prestan estas empresas que reparten de todo, distribuyen y comercializan. Comparar a estas empresas con una mensajería es desregularlas. Es como comparar a Jumbo con un repartidor de barrio”.
Como adelantó El Destape en su momento, el Ministerio de Trabajo avanza en la confección de un anteproyecto, aunque aún no fue presentado. Sería un estatuto orientado a contemplar las particularidades de esta modalidad de trabajo. Algo así como un piso legal para que después siga la negociación colectiva por los carriles correspondientes. Dentro de las particularidades están, por ejemplo, la necesidad de permitirle a los repartidores cortar con la jornada laboral cuando quieran o rechazar pedidos sin tener ningún tipo de sanciones (una mala ubicación en el ranking que impacta en una merma de pedidos y, por ende, menos ingresos).
Otro de los problemas a dar solución es el de la falta de reconocimiento de la relación laboral. Algo que Glovo no hizo “ni lo va a hacer Pedidos Ya, pero es evidente que ante la desregulación del sector se da este proceso: concentración económica, empresas que ejercen una posición dominante y necesitan de los repartidores para prestar ese servicio. Hace más necesario un debate nacional respecto a cuáles son las protección de los trabajadores”, reflexionó el letrado.
Ottaviano explicó que “Pedidos Ya tiene el mismo sistema de contratación laboral” que Glovo porque “no los reconoce (a los repartidores) como empleados y el impacto se va a ver en una profundización de la posición dominante como prestadoras de un servicio más complejo de delivery, porque intervienen en la distribución y comercialización de productos. Más similares a supermercadistas que a simples aplicaciones”.
Frente a la falta de reconocimiento de la relación laboral, la realidad es contundente. Para trabajar como repartidor sólo hay que registrarse en la plataforma y declarar una cuenta para recibir los pagos que realiza la empresa. No el comercio. No el cliente. La aplicación es la que abona y determina los cobros bajo el único requisito de que la persona esté inscrita en el monotributo (que pagan los trabajadores). “Los tratan como independientes cuando en realidad la empresa organiza todo el sistema de trabajo”, analizó.
Más allá de estos debates de fondo, que son necesarios y urgentes porque estas nuevas modalidades de trabajo son una moneda corriente, la principal preocupación – hoy – es la continuidad de los trabajadores. Glovo “se comprometió a pagar las deudas de los repartidores y Delivery Hero se comprometió a recibir a los repartidores en Pedidos Ya. Ahora bien, la autoridad laboral (Ministerio de Trabajo) tiene toda la competencia para citar a las partes y garantizar la continuidad de los puestos” laborales, explicó Ottaviano. Se trata de una transferencia que no sólo incluye a repartidores sino también a los del área de marketing, administrativos, gestión tecnológica. “Que los hay y muchos”. Ese camino debería incluir a todas las partes: Estado, ambas compañías y los sindicatos.
Si ese proceso de transferencia completa no llegara a darse de forma inmediata una vez formalizada la compra, “corresponde que Trabajo convoque a las partes y que, en última instancia, se judicialice”. Sin olvidar que en estos momentos rige la prohibición de despidos en el país.