El Juzgado de 1ra Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°4 hizo lugar al amparo presentado por el aumento de la tarifa de subte y decretó la nulidad de la suba del pasaje.
Desde el Gobierno de la Ciudad señalaron que apelarán en fallo y que no retrotraerán el aumento del boleto, que escaló a $757.
Con la firma de la jueza Elena Amanda Libertatori, se hizo "lugar a la presente acción de amparo, y en consecuencia, declarar la nulidad absoluta e insanable de la Resolución 5/SBASE/2024, con costas a las demandadas vencidas (artículo 62 del CCAyT)".
La presentación judicial fue realizada por los dirigentes del Frente de Izquierda y los Trabajadores Myriam Bregman, Alejandrina Barry, Patricio del Corro, y Claudio Dellecarbonara.
El martes 1° de octubre, el boleto de subte tuvo un nuevo incremento alcanzando $757 por viaje, mientras que el Premetro costará $264,95. Este es el tercer aumento del año, acumulando un total de 864% desde febrero.
El incremento de 16,46% afectó a todas las líneas del Subte y al Premetro. Para acceder a este nuevo precio, los usuarios deben utilizar la Tarjeta SUBE registrada; de lo contrario, el costo del viaje se elevará a $859,07 para el Subte y $300,67 para el Premetro.
Desde Transporte de la Ciudad de Buenos Aires afirmaron a El Destape que "por el momento, no se retrotrae la tarifa". "De todas maneras, se va a apelar el fallo", acotaron.
Según el fallo, al que pudo acceder El Destape, los demandantes señalaron que "el aumento dispuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires implica perjuicios para los miles de usuarios que utilizan el subte, ya que deberán abonar un cuadro tarifario que, según manifiesta el frente actor resulta violatorio de los derechos y garantías de los usuarios del Subterráneo".
También argumentaron que dentro del cálculo realizado para la denominada "tarifa técnica" se incluyen "gastos que no se encuentran debidamente justificados o que no corresponde que sean abonados por el usuario".
“El método de las demandadas consiste en crear una Tarifa Técnica ficticia, sobrevaluada, que no cumple con lo previsto en la ley 4472 (…) esta operación tiene tres ejes: un método de cálculo irrazonable, la inclusión de gastos que nada tienen que ver con la explotación del SUBTE y una política de gestión del servicio consistente en la expulsión y disminución constante de la cantidad de pasajeros”, sostuvieron.
También enfatizaron que "la falta de reglamentación de la ley 4472 es lo que permite la utilización de estos criterios arbitrarios e irrazonables a la hora de calcular la Tarifa Técnica y la Tarifa al Usuario (…) hecho de especial trascendencia ya que han transcurrido más de 10 años desde la sanción de aquella ley”.