Si estás pensando en tomarte vacaciones de tu trabajo y tenés acuerdo con tus empleadores, seguro tengas en cuenta que los meses que siguen tienen un gran caudal de feriados. La ley argentina establece un marco de acción al respecto que deberás contemplar a la hora de elegir la fecha de tus vacaciones. ¿Qué pasa si hay un feriado durante este período? ¿Hay que cambiar la fecha? En este artículo te contamos todo.
¿Que pasa si hay feriado dentro de mis vacaciones?
La mayoría de los convenios de trabajo cuentan con un plazo estimado de días sin trabajo, que se contemplan entre 7 y 21 días según el puesto y la antigüedad. Además este número se verá modificado por otro factor clave, como por ejemplo si tenemos vacaciones acumuladas.
Casi en la totalidad de los casos, esos días se cuentan como días corridos: es decir, incluso contemplando sábados y domingos. Por ejemplo si tenemos 14 días de vacaciones y salimos un lunes, deberemos reincorporarnos el lunes próximo en dos semanas, y así consecutivamente. En estos casos los feriados no tienen ninguna validez para nuestro calendario de días, ya que simplemente cuentan como un día más.
¿Qué pasa si hay un feriado al inicio de mis vacaciones?
En este caso el tratamiento es diferente. Suponiendo que nos correspondiera salir de vacaciones el lunes 2 de abril, la ley establece que al ser feriado nacional esa fecha debe correrse hacia el próximo día hábil. El Artículo 151 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que:
"La licencia anual por vacaciones comenzará en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. Tratándose de trabajadores que presten servicios en días inhábiles, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado. Para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mínima en el empleo”.
¿Cómo calcular cuántos dias de vacaciones me corresponden?
La cantidad de días que te corresponden por vacaciones responde a un cálculo simple según tus días trabajados y la antigüedad en el cargo. Este cálculo está establecido por la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo que rige en todo el territorio de la nación Argentina.
Esta ley solo aplica en los casos en los que los trabajadores se encuentren en relación de dependencia, sea en el sector privado o en el público. Por otra parte, para los trabajadores independientes y autónomos.
La fórmula para calcular es la siguiente:
-
A los trabajadores a partir de los 6 meses de trabajo, les corresponde un día de vacaciones por cada 20 jornadas trabajadas.
-
Desde los 6 meses de trabajo y hasta los 5 años, corresponden 14 días corridos de vacaciones al año.
-
Al tener entre 5 y 10 años trabajados para un mismo empleador, los trabajadores tendrán derecho a 21 días corridos de descanso al año.
-
Al acumular más de 10 años trabajando para el mismo empleador y hasta cumplir 20 años, corresponden 28 días corridos de vacaciones al año.
-
A las personas que cumplen 20 años de trabajo les corresponden 35 días corridos al año.