Qué dice la DD.JJ. que firman los viajeros que dejan el país

Cada argentino que viaja al exterior debe firmarla, reconociendo que existe una pandemia y los potenciales inconvenientes que pudieran surgir.

29 de junio, 2021 | 11.37

Este último viernes, el Gobierno determinó prorrogar hasta el 9 de julio el Decreto de Necesidad y Urgencia que determina las diferentes medidas -más restrictivas o no- dependiendo del "semáforo epidemiológico" de la pandemia por COVID-19.

Las fronteras continuarán cerradas al turismo, por lo que cada persona que no sea argentino o argentina no podrá ingresar al país. Habrá un cupo de 600 personas que ingresen por día. Entre julio y agosto, quienes regresen del exterior estarán obligados a aislarse durante 10 días en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA.

En relación a las cambios, frente a la preocupación de las autoridades a causa de la variante Delta -con mayor transmisión y altos niveles de mortalidad-, se determinó que los ciudadanos y las ciudadanas que regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto estarán obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA.

Esta medida regirá por 10 días, contados desde la prueba diagnóstica realizada en el país de origen y la estadía estará a cargo del pasajero/a. De esta forma se evitarán los incumplimientos de las cuarentenas.

Los días previos, la Dirección Nacional de Migraciones (iniciará el martes 287 denuncias penales contra personas que no cumplieron la cuarentena obligatoria al ingresar al país desde el exterior. La información fue confirmada por la titular del organismo, Florencia Carignano, quien advirtió que esa infracción contempla penas de entre 3 y 5 años de prisión.

"El martes estamos iniciando 287 denuncias penales, son las personas que no encontramos en sus domicilios, a todas estas personas les cabe una denuncia y van a tener que responder", aseveró la funcionaria luego de que Migraciones detectara que el 38% de las personas que ingresan a la Argentina no cumple con el aislamiento obligatorio para prevenir la transmisión de coronavirus.

Pese a que ha pasado más de un año desde que la OMS declarara al mundo en pandemia, todavía en la actualidad existen grupos reducidos de personas dispuestas a protestar y ofenderse por las decisiones sanitarias necesarias para mitigar el virus, que actualmente amenaza con una nueva variante.

La declaración jurada que firmaron quienes viajaron al exterior

"Declaro que los datos consignados en este formulario son correctos y completes y que he confeccionado esta declaración, sin falsear ni omitir dato alguno, siendo fiel expresión de la verdad.

Declaro aceptar las disposiciones que el Estado nacional regule en el marco de la emergencia sanitaria y asumir los costos y responsabilidades que de ello surgiera, en cuanto a:

  • Se dispondrán 600 plazas diarias en vuelos de pasajeros para el reingreso al territorio nacional de argentinos, argentinas y residentes que se encuentren en el exterior.
  • Un buque de pasajeros semanal internacional
  • El ingreso de personas y/o medios de transporte autorizados estará supeditado al estricto cumplimiento de las condiciones vigentes.
  • Los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires podrán establecer los lugares en los que, quienes ingresen al territorio nacional entre el 1 de julio y el 31 de agosto del corriente año, deberán realizar la cuarentena.
  • El costo asociado a la estadía en el lugar destinado a realizar la cuarentena deberá ser asumido por la persona que ingresa al país.

Declaro conocer las penalidades establecidas en la legislación vigente para el caso de falsedad de la presente. Declaro conocer que en la República Argentina se ha decretado la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la ley n 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la OMS en relación al COVID-19, por el plazo de un año a partir del 12 de marzo de 2020 por el decreto n 260 y modificado por similar 167/21, se amplió por el plazo de un año hasta el 31 de diciembre de 2021".

Esta actualización generó descontento en algunas personas que viajaron previo a la actualización de la declaración jurada, ya aceptaron los términos previos pautados por el Estado Nacional. 

Previamente, estos eran los términos de la DD.JJ.

  • Reducción de Frecuencias de transporte internacional de pasajeros/as.
  • Costos de los Test y/o lugares dispuestos para el aislamiento.