Polémica por la absolución de la portera de un colegio acusada de abuso sexual infantil

El juez Matías Parrón le otorgó la libertad de culpa y cargo a Paola Tejada tras entender que no incurrió en ningún delito. Por las imágenes que circularon de los hechos denunciados fue condenado un hombre, quien tomó las fotografías y grabó los videos 

14 de agosto, 2022 | 16.44

Un fallo causó revuelo e indignación en los últimos días en los tribunales sanjuaninos y la opinión pública, luego de que se anunciara que la portera de un colegio acusada de corrupción de menores en 2021 iba aquedar en libertad y libre de todo cargo. El hecho que llevó a la mujer a los banquillos trascendió las fronteras de la provincia tiempo atrás, luego de que se difundieran imágenes de los hechos denunciados. 

Que el menor tuvo la voluntad para estar con una mujer mayor, que no hubo exhibiciones obscenas como se manifestó en un primer momento y que el menor no registró daños psicológicos, fueron los primeros argumentos de la defensa de Paola Tejada, para pedir la absolución de su defendida. Finalmente, terminó absuelta por el juez Matías Parrón y se levantó tremendo escándalo en San Juan.

En las imágenes que recorrieron los medios de comunicación de todo el país se veía a Tejada arriba de un menor de 14 años, acostada en una cama con las piernas abiertas. También había otro video en el que aparecía la portera realizando un “juego sexual” con la víctima. Del otro lado de la cámara, un hombre grababa el momento. Él sí fue condenado en un juicio abreviado por producción de pornografía infantil. 

En su momento, las imágenes causaron mucho estupor y no pasó mucho tiempo para que Sebastián Osvaldo Tapia (26) quién era el amigo de Tejada fuera condenado a tres años de prisión en suspenso tras haberse sometido al juicio abreviado por el delito de producción de contenido sexual con menores de 18 años.

En este caso, Paola Tejada nunca reconoció su culpa y se defendió con uñas y dientes, para demostrar que el menor estaba en ese lugar por voluntad propia y que no le habían afectado psicológicamente esas acciones. Pero la fiscalía fue contundente a la hora de poner el dedo sobre ella y pidió 6 años de prisión efectiva para Tejada.

Mientras tanto, la defensa representada por el abogado Reinaldo Bedini sostenía que su defendida no había incurrido en ningún tipo de delito penal. Según el argumento del defensor, los peritos psicológicos habían revelado que no existían indicadores de abuso en el menor lo cual correspondía a un hecho atípico, aislado, pero no un delito penal.

Este argumento fue complaciente para el juez Matías Parrón, quién en un fallo polémico y discutible término por absolver a la portera involucrada.

Lo que no quedaba claro era por qué entonces Tapia había sido condenado por la jueza de garantías Verónica Chicón por firmar y difundir dichas imágenes, que habían sido compartidas por WhatsApp, pero Tejada no obtuvo ninguna pena. Según la defensa de la mujer, dicho material fílmico se realizó sin el consentimiento de los protagonistas.

Otro de los elementos de los que se valió el abogado para sostener el pedido de absolución de Tejada fue que el menor en Cámara Gesell contó su versión de los hechos sostuvo que no fue violentado por ella ni obligado a realizar tales maniobras.

El hecho que se había producido el 7 de julio de 2021 en una casa ubicada dentro del predio de la escuela de 25 de mayo (donde vivía la portera), en la provincia de San Juan, terminó en escándalo tras el fallo emitido en las últimas horas.

El juez Parrón aún no explica por qué tomó dicha decisión, es por eso que habrá que esperar hasta el 1 de septiembre para escuchar los fundamentos de su fallo. Luego de eso es probable que la Fiscalía presente un recurso de apelación para que se revea dicha sentencia.

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