En momentos en que se reavivaron los cuestionamientos a la Ley de Salud Mental por parte de familiares y organizaciones que acompañan a los pacientes, el Ministerio de Salud de la Nación publicó este miércoles nuevas directrices, con el objetivo de proporcionar recomendaciones que orienten la elaboración y adecuación de las normas de habilitación jurisdiccionales en establecimientos de salud mental y adicciones públicos, privados y de la seguridad social.
A partir de la resolución 1178/2022 que se publicó hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación aprobó las Directrices de Organización y Funcionamiento de Servicios de Salud Mental y sus anexos sobre los requisitos de acreditación del personal directivo, la teleasistencia, y la grilla de categorización de servicios de salud mental y las incorpora Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.
Según resaltó la cartera de salud, estas nuevas recomendaciones fueron elaboradas con la colaboración de Asociación Argentina de Salud Mental (AASM), La Asociación Argentina de Terapistas Ocupacionales (AATO), La Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social (FAAPSS), la Federación Argentina de Enfermería, el Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación, la Superintendencia de Servicios De Salud, y la Dirección Nacional de Protección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
El objetivo es contar con recomendaciones de organización y funcionamiento de los establecimientos de salud y de adicciones que integran la red de servicios del ámbito público, privado y de la seguridad social, a fin de orientar la elaboración y adecuación de las normas de habilitación jurisdiccionales en materia de salud mental. En ese sentido, la cartera sanitaria nacional invita a las jurisdicciones a adherir a la resolución.
La medida se inscribe en un contexto de transformación global y profunda del modelo de atención en salud mental, que requiere la implementación de acciones que exceden la adecuación de las instituciones neuropsiquiátricas a la Ley Nacional 26.657.
Para acompañar la transformación institucional y el modelo de atención de salud mental, resulta indispensable contar con una normativa que permita la habilitación, regulación y fiscalización de efectores existentes y por crear.
El pedido de las organizaciones
Justamente este miércoles, ACIJ, CELS, AASM, REDI y más de 200 instituciones de todo el país (organizaciones de usuarias/os, familiares y de derechos humanos, colegios profesionales, cátedras universitarias, dispositivos de salud e inclusión comunitaria, entre otras), habían enviado una nota a las y los integrantes del Congreso para manifestar la importancia de la plena implementación de la Ley de Salud Mental, no su reformulación.
"La ley 26.657, sancionada en el año 2010, constituyó un hito en la materia para Argentina. Esta norma fue el resultado del trabajo de las organizaciones especializadas en temas de salud mental y derechos humanos, espacios universitarios, organizaciones de profesionales y trabajadores, expertos y expertas en el tema, y de las personas con discapacidad psicosocial y sus familiares. Su tratamiento parlamentario implicó un amplio debate intersectorial e interdisciplinario que tuvo como resultado un extendido consenso entre las diferentes fuerzas políticas, que se reflejó en su aprobación por unanimidad", resaltaron
Las provincias se sumaron al pedido por la implementación
El Ministerio de Salud estaba trabajando activamente sobre esta cuestión en las últimas semanas. De hecho, el lunes se reunieron las 23 provincias del territorio nacional, en el marco del Consejo Federal de Salud Mental (Cofesama), para expresarse "una vez más de manera conjunta y en unidad a favor de la plena implementación de la Ley 26.657" en todo el país como respuesta al "desconocimiento existente expresado públicamente acerca de la internación como una herramienta terapéutica que debe determinar el ámbito sanitario". También, indicaron que "con la ley no alcanza" y que "no es sin las decisiones de gestión sanitaria y la inversión estratégica acorde, que se podrá reemplazar el paradigma manicomial de encierro por los dispositivos sustitutivos".
Los cuestionamientos a la Ley de Salud Mental, sancionada en 2010, se reavivaron durante las últimas semanas a partir del gran despliegue mediático en torno de la internación psiquiátrica del hijo de Roberto Pettinatto, Felipe (29), tras sobrevivir al incendio del departamento donde se encontraba presuntamente transitando una crisis en presencia de su neurólogo, quien resultó muerto en el siniestro. En este contexto, la madre del cantante Santiago "Chano" Charpentier (40), Marina, se sumó al reclamo de la familia Petinatto por la reforma de la ley alegando su supuesta ineficacia e impractibilidad, a partir de la experiencia con su hijo que en 2021 perdió un riñón y el bazo por una bala policial durante un brote y hace unas semanas fue nuevamente internado por una recaída en el consumo problemático de sustancias.
Estos planteos tuvieron una desmentida categórica tanto por parte de especialistas en salud mental como de organizaciones de derechos humanos como el CELS o ACIJ, quienes aclararon que no es cierto que la Ley Nacional Nº 26.657 impida las internaciones involuntarias de personas que atraviesan padecimientos psiquiátricos severos. Emitieron, también, un comunicado en respaldo de la norma las secretarías ejecutivas de los Órganos de Revisión de Salud Mental y la Red Federal de Usuaries de Servicios de Salud Mental, a los cuales adhirió el Cofesama en su comunicado.