Oficial: a partir de mayo, los salarios por guardias médicas no pagarán impuesto a las ganancias

Se trata de la modificación del artículo 27 de la Ley 27.718 de Impuestos a las Ganancias que había sido aprobada en el Congreso en abril. Beneficia al personal de la salud en concepto de guardias obligatorias.

08 de mayo, 2023 | 12.48

El Gobierno oficializó este lunes la modificación a la Ley 27.778 del Impuesto a las Ganancias para eximir del pago a las guardias médicas. De esta manera, a partir de mayo los salarios por guardias médicas de médicos, auxiliares y técnicos de la salud no pagarán impuesto a las ganancias.

Lo hizo a través del Decreto 260/2023 publicado este lunes en el Boletín Oficial y lleva firma del ministro de Economía, Sergio Massa, y el jefe de Gabinete, Agustín Rossi. "Están exentas (del impuesto a las ganancias) las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional", detalla el documento.

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A mediados de abril, la Cámara de Diputados aceptó las modificaciones realizadas por el Senado a la Ley N° 20.628 y aprobó un proyecto que eximía a médicos, auxiliares y técnicos de la salud en concepto de guardias obligatorias. Esta medida implica que cuando se calcule la imposición del tributo, se sacará del cálculo la suma que representen las horas extras y las guardias, tanto en el sector público como privado.

Para eso, según explica el documento, "el beneficio de este apartado debe indicarse, en el recibo de haberes correspondiente al sujeto que tenga a su cargo el pago de la remuneración y/o liquidación del haber, identificándose con la leyenda 'Exención segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias para las trabajadoras y trabajadores de la salud'”.

En este marco, el presidente de la Nación, Alberto Fernández promulgó la ley mediante el Decreto 260/2023. “En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.718 (IF-2023-44207392-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 19 de abril de 2023", detalla el decreto.

Diputados convirtió en ley proyecto que da nueva exención de Ganancias a trabajadores de la salud

En abril, la Cámara de Diputados aceptaba las modificaciones realizadas por el Senado y convertía en ley un proyecto que modifica la Ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias para eximir del pago de ese tributo a las remuneraciones que perciben médicos, auxiliares y técnicos de la salud en concepto de guardias obligatorias.

Originalmente, la Cámara baja había dispuesto que sólo estuvieran alcanzadas las sumas abonadas cuando superaren el número de cuatro guardias de 24 horas mensuales. Pero los senadores, por unanimidad, decidieron modificarlo para que la exención alcance a todas las guardias y horas extra, sin límite, que realicen los trabajadores de los centros de salud públicos o privados en todo el país.

El cambio que hizo el Senado unifica ambas exenciones al cambiar la redacción del artículo y establece que "están exentas del gravamen las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias activas o pasivas y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares, y personal operativo" cuando "la prestación del servicio se realice" en centros públicos o privados "en todo el territorio nacional", independientemente de la cantidad de horas. Ante este panorama, los diputados decidieron considerar el tema sobre tablas y aprobarlo con el respaldo de la mayoría de los bloques.

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