La ANMAT prohibió un antiinflamatorio y un laxante

El motivo es que no tenían la información correspondiente. La decisión fue publicada en el Boletín Oficial. 

24 de agosto, 2022 | 12.33

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles 24 de agosto en todo el territorio nacional y en diversas plataformas las ventas de un laxante y un antiinflamatorio por considerar que no tenía rótulos de información obligatoria. 

A través de una publicación en el Boletín Oficial, se indicó la prohibición de los productos "Psyllium, Cáscara de psyllium (Plantago ovata), Fibra soluble natural y panificados sin gluten, envasado por Makam Food, Origen Argentina" y "Sal de Epsom, Sulfato de magnesio, 100% puro, Envasado por Sociedad Comercial Australis Ltda., Santiago de Chile, Chile N° 1606294025″.

La ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del laxante y la sal, la cual habitualmente es usada como antiinflamatorio, antioxidante y relajante, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

En el documento se detalla que el organismo comenzó con las actuaciones correspondientes "a raíz de un reclamo de un consumidor", quien resaltaba que los citados productos no exhibían en sus rótulos la información obligatoria que identifique su origen.

Los productos mencionados se encontraban en infracción respecto al artículo 3º de la Ley 18284, al artículo 3º del Anexo II del Decreto Nº2126/71, y a los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA).  Al tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18284.

La Anmat prohibió productos capilares

La ANMAT prohibió este martes tres versiones falsas de máscaras nutritivas y reparadoras pertenecientes a una serie de tratamientos de la marca Primont. La empresa responsable había declarado y alertado que circulaban diferentes unidades apócrifas en el mercado.

Según la disposición 6606/2022, publicada durante la jornada de hoy en el Boletín Oficial, se trata del tratamiento capilar BTX, el tratamiento Nutri Reparadora y la Máscara Súper Ácida de Primont. Los productos denunciados no consignan datos de lote, fecha de vencimiento, de inscripción del producto ante la ANMAT, del responsable de la comercialización ni del país de origen.

Fue la misma empresa Cosmética Primot Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular y responsable de la elaboración y comercialización de los rpoductos originales, quien realizó la denuncia el pasado 15 de junio del 2022. Estas tres unidades fueron adquiridas, según informan, en la dirección Einstein 1116, José Clemente Paz, Provincia de Buenos Aires.

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