Cuáles son las cuatro obras sociales declaradas en "situación de crisis"

Lo definió la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) luego de realizar un diagnóstico de la situación institucional y financiera de las mismas. Tienen no más de 15 días para presentar un plan de contingencia.

27 de julio, 2022 | 10.46

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) declaró este miércoles a cuatro obras sociales en “situación de crisis”, tras haber realizado un diagnóstico de la situación institucional y financiera de las mismas, y les solicitó un plan de contingencia a presentar en no más de 15 días, asegurando la continuidad de sus beneficiarios.

La decisión fue confirmada a través de las resoluciones 1167/2022, 1168/2022, 1169/2022 y 1170/2022 publicadas hoy en el Boletín Oficial. De esta manera, la SSS dispuso que se encuentran en “situación de crisis”:

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Por qué se encuentran en situación de crisis 

Según los reglamentos vigentes, se considera que un agente del Sistema Nacional del Seguro de Salud se encuentra en tal situación toda vez que, tras un diagnostico trimestral, se detecte una existencia de riesgos que altere el normal suministro de las prestaciones previstas en el Programa Médico Obligatorio desde el punto de vista institucional, prestacional y de atención al beneficiario. Como también, otra causal es que las entidades se encuentren en riesgo de continuidad o tengan dificultades para afrontar sus obligaciones financieras.

En todo caso, la normativa asegura la continuidad de las prestaciones para los beneficiarios, eliminando las restricciones a su libertad de elección y, eventualmente y previa notificación, distribuyéndolos en otras obras sociales u entidades.

Por el momento, la Superintendencia intimó a las cuatro obras sociales a presentar un plan de contingencia en un plazo no mayor a los próximos 15 días, y que debe incluir metas de cumplimiento trimestral y un conjunto de acciones concretas respecto de los criterios incumplidos, el cual deberá ser aceptado o rechazado por la SSS tras su presentación.

Los trabajadores nuevos deberán esperar un año para cambiar de obra social

El Gobierno nacional dispuso a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, las modificaciones en el sistema de libre elección de las obras sociales de los trabajadores y trabajadoras, que tiene como principal punto, que a partir de ahora quienes inicien un vínculo laboral "deberán mantener durante al menos un año la prestadora médica de su actividad antes de disponer de la opción de cambio".

En tanto, el Decreto 438/2021 modifica diversos artículos, entre ellos el 4° del Decreto 438/2021 que sustituye al Decreto N° 1400/01 que permitía que la opción se ejerza desde el momento mismo del inicio de la relación laboral. “Los trabajadores y las trabajadoras que inicien una relación laboral deberán permanecer UN (1) año en la Obra Social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio”, modifica.

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