ANMAT prohibió una marca de agua de mesa: "ilegal"

La decisión fue tomada por la Anmat que verificó que los productos no contaban con la información de registro adecuada. La disposición se extiende a todo el país. 

24 de noviembre, 2022 | 12.38

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de una marca de agua de mesa y un aceite de girasol. El organismo verificó que los productos no contaban con información de registro por haber sido elaborados bajo condiciones “desconocidos” tratándose de productos “ilegales”.

A través de la Disposición 9364/2022, publicada en el Boletín Oficial, la Anmat detalló que la prohibición de la venta del agua de mesa se determinó luego de recibir una alerta de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) tras la denuncia de un consumidor. Se trata del “Agua potable microfiltrada declorada esterilizada por rayos ultravioletas lista para beber Carlotta, Distribuidora C.A.C., Cont. Neto 20 litros”. Según verificó la ASSAI, el producto no cumplía con la normativa vigente al carecer de números de registro.

El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL procedió a realizar una segunda verificación y detectó también que “en los datos exhibidos en el rótulo del mismo no se precisan los registro asociados con la razón social, denominación y nombre comercial”. Ante está investigación, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica determinó que el agua potable Carlotta es un producto que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”.

"A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, condiciones de elaboración y calidad, se recomienda prohibirlo”, ratificó y concluyó: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto “Agua potable microfiltrada declorada esterilizada por rayos ultravioletas lista para beber Carlota, Distribuidora C.A.C., Cont. Neto 20 litros” por carecer de registro de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Prohíben la comercialización de un aceite de girasol

Por otra parte, la Anmat también prohibió un aceite de girasol de la “marca San Gerónimo”. El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional permitió descubrir que los números de registro que el artículo exhibía en su rótulo no estaban autorizados y eran inexistentes. Ante esto, la Anmat prohibió la venta del “Aceite de Girasol, marca San Gerónimo” por “carecer de registros de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado, tratándose de un producto ilegal”.