ALERTA: ANMAT prohíbe una serie de suplementos importados para bajar de peso

Se trata de productos que se venden por Internet y que serían procedentes de Perú. No cumplían con la normativa alimentaria vigente.

05 de julio, 2024 | 12.06

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de una serie de productos vitamínicos y para bajar de peso de la marca "Natural Medix" por no cumplir con la normativa alimentaria vigente. Así fue informado en la Resolución 5884/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

El organismo gubernamental estableció así la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, de los productos: “Citrato de Magnesio”; “Citrato de Potasio”; “Jengibre natural”; “Ortiga negra analgésico”; “Yacon Diabetes”; “Memorex Cerebral”; “Maca Forte Multivitaminico”; “Higazan Plus”; “Colágeno Hidrolizado”; “Biotina Cabello y Uñas”; “Cloruro de Magnesio”; “Chupa Panza Quema grasa”; “Células madre envejecimiento prematuro ácido hialurónico/ácido fólico”; “Calcio de magnesio de Zinc +D Colágeno hidrolizado Cartílago de tiburón” y “Biotina Colageno Hidrolizado” todos de la marca “Natural Medix”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA), resultando ser productos ilegales.

En la Resolución se indica que en los rótulos de los productos figura la Autoridad Sanitaria del Perú (DIGESA), por lo que "se realizó la consulta" ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Este organismo verificó que "no constan antecedentes" de registro de los productos ni de su ingreso al país. Por ese motivo, el INAL notificó el incidente en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).

Por su parte, y debido a que "los productos se publicitan y promocionan en plataformas de venta en línea", se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Comercio Exterior que evalúe las medidas a adoptar. En consecuencia se determinó que los productos se encuentran en infracción y se catalogaron como productos ilegales.

De esta forma, "por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado", no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio argentino. "A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los citados alimentos", se detalló.

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