Apps de Delivery: una ley PRO a medida de la precarización

El oficialismo porteño quiere modificar la normativa y contemplar a las apps de delivery como "intermediarias".

19 de junio, 2020 | 18.55

Las aplicaciones de delivery se convirtieron en un servicio esencial durante la pandemia del coronavirus y dejó al descubierto la precarización que envuelve a los trabajadores. Un problema que se arrastra hace años pero que quedó de manifiesto en la actualidad, con altas ganancias para las empresas y riesgos constantes para las personas que deben desempeñarse en la calle. En estos momentos, la Legislatura porteña debate un proyecto para modificar una ley que se sancionó en 2016 pero que recién se reglamentó hace dos años. Sin cumplirse la normativa, el oficialismo de la Ciudad presentó un nuevo texto a medida de las apps, considerándolas como meras intermediarias. Repitiendo el concepto de “convertite en tu propio jefe” que, en definitiva, garantiza menos derechos.

El jueves, el oficialismo intentó debatir sobre tablas el nuevo proyecto pero no pudieron avanzar por el rechazo de la oposición. Entre los puntos más controvertidos, el texto plantea definir el servicio de las aplicaciones como “operador de plataforma digital de oferta y demanda por terceros del servicio de Mensajería Urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias: persona humana o jurídica que opera y/o administra una plataforma digital a través de la cual terceros ofertan y demandan el servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias”.

Si se compara esta definición con los términos y condiciones expuestos por una de las aplicaciones, como es el caso de Glovo, se pueden ver ciertas coincidencias. La empresa se autodenomina como “una compañía tecnológica, cuya actividad principal es el desarrollo y gestión de una plataforma tecnológica mediante la que a través de una aplicación móvil o de una web que permite a determinadas tiendas locales de algunas ciudades en diferentes territorios ofertar o insertar sus productos y/o servicios a través de la misma, y en su caso, si los usuarios de la APP y consumidores de las citadas tiendas locales así lo solicitan a través de la APP, de forma accesoria, intermedia en la entrega inmediata de los productos”.

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En el caso de Rappi, los términos y usos de la aplicación estipulan la “intermediación entre cadetes/repartidores independientes y personas físicas/jurídicas que requieren de servicio de cadetería mediante el uso de una plataforma tecnológica y móvil de RAPPI entendiéndose dicha operación a los efectos de los presentes Términos y Condiciones como “Servicio de Cadetería” ejecutado a través de un contrato de mandato, donde el Rappitendero actúa como mandatario y el Usuario funge como mandante en la presente relación. RAPPI actúa en todo momento como tercero intermediario entre Rappitenderos y Usuarios”.

Las definiciones plantean el papel de “intermediario” para las aplicaciones. Ésto quiere decir, y da lugar, que las empresas solamente conectan a quienes prestan el servicio de delivery con quienes lo contratan pero no se hacen cargo de absolutamente nada de lo que ocurre en el proceso.

Desde la Asociación Sindical De Motociclistas Mensajeros Y Servicios explicaron a El Destape que este nuevo proyecto implica un retroceso porque crea una figura nueva, la de "intermediarios” a favor de la APP, “como si fueran un actor externo cuando en realidad son empresas de mensajería y reparto que utilizan un sistema informático, pero los trabajadores son los mismos: un chico llevando una pizza en bicicleta. No es algo futurista y nos quieren vender que se trata de un microempesario que utiliza la aplicación para su emprendimiento”.

Además, explicaron que la ley a modificar contemplaba sólo las figuras de empresas y trabajadores mensajeros o repartidores. Con este cambio, se busca introducir el término de plataforma de intermediación entre oferta y demanda por terceros, lo que genera una modificación en el vínculo laboral y en las consiguientes responsabilidades.

En su contrato de adhesión, una de las aplicaciones plantea que “el Glover no tendrá relación laboral o subordinación ni societaria, corporativa de representación con Glovo, siendo ambas partes independientes y autónomas entre sí, por lo tanto responsables individualmente por sus obligaciones contractuales, impositivas, laborales, previsionales, etcétera”.

La diputada del Frente de Todos, Lucía Cámpora, apuntó este tema en la reunión de comisión de Justicia, Transporte y Asuntos Constitucionales y aseguró que “de ninguna parte podemos hablar de terceros” - en referencia a los trabajadores de las app -. “¿Alguien puede negar que los trabajadores no cuadra en la ley de Contratos del Trabajo?” para considerarlos no como “sus propios jefes” sino como en una relación de dependencia que se estipula entre ambas partes.

“Estamos desprotegiendo a los trabajadores”, sostuvo el diputado Santiago Roberto. El legislador apuntó que "es primordial establecer por ley la obligación de que las aplicaciones de delivery le brinden a sus trabajadores y trabajadoras los elementos necesarios para la protección de su salud, ya que están muy expuestos al coronavirus”. Y aclaró que “los trabajadores de estas plataformas digitales realizan una tarea esencial en tiempos de cuarentena y las empresas que los contratan aprovechan la emergencia para aumentar sus ganancias, en detrimento de los trabajadores a quienes les pagan miserias y no les dan ninguna ART. Por eso, por un lado, es fundamental que se regulen las comisiones abusivas que les cobran las APPs a los comercios que venden a través de ellas y por el otro, mejorar los pagos y las condiciones laborales a las y los repartidores".

Sobre este punto, desde el sindicato aseguraron que las empresas deben proveer una ART “pero extrañamente nadie puede acceder a su cobertura” porque para hacerlo tienen que cumplir ciertas condiciones, como estar más de 72 horas hospitalizado. Sin embargo, si alguien se cae de la moto y se rompe una pierna, sólo le ponen un yeso y lo mandan a su casa: “No te cubre nada y a parte no cubre salario o ingresos, sólo la medicación”.

Desde el Frente de Todos confirmaron que presentarán su propio dictamen de minoría para debatir otro proyecto en el recinto, en paralelo al del oficialismo. De todos modos, aún no está confirmada una sesión para la próxima semana.

 

Ganancias absolutas

La cuarentena volvió muy populares a estas aplicaciones ante la necesidad de no salir de los hogares o sólo pedir y retirar comida. Entre febrero y abril, la facturación de Rappi escaló 67% y la de Glovo 73%, de acuerdo a información que circula en el Ministerio de Producción de la provincia de Buenos Aires, tal como reveló Ezequiel Orlando en El Destape.

El oligopolio completado con Pedidos Ya aumentó sus comisiones de forma desmedida. Antes de la cuarentena cobraban entre el 10% y el 15% del total de la compra, mientras que en estos momentos pueden superar el 35% del valor. A modo de ejemplo, por una pizza que se vende por $ 400, el costo del comercio representa $ 200 y el 50% se reparte ahora $ 140 para la aplicación y $ 60 ganancia del local. La porción del repartidor será un monto bajo que decida la compañía. 

Por su fuera poco, esconden un gigantesco negocio financiero al retener hasta dos meses el dinero que paga quien compra hasta por fin girárselo al comercio. Desde el momento en que el usuario abona con su tarjeta de débito o crédito, la app puede quedarse con el monto por un tiempo incierto, que va de 15 a 60 días, hasta saldar la deuda con el local gastronómico.

 

 

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