Procrear II: cómo inscribirse al programa para acceder a la casa propia

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió una nueva inscripción para acceder a 526 viviendas del plan Procrear II. Conocé cómo inscribirse.

02 de noviembre, 2022 | 10.48

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió una nueva inscripción para acceder a 526 viviendas de 27 Desarrollos Urbanísticos Procrear II, que se encuentran ubicados en 11 provincias de todo el país

Con este programa, el Gobierno tiene como objetivo brindar acceso a un crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas en uno de los desarrollos urbanísticos de Procrear II, que fueron construidas por el Estado. De esta forma, el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat continúa garantizando el acceso a la vivienda de manera federal, el arraigo de las familias argentinas, el desarrollo de las economías locales y de la industria de la construcción.

Además, desde el Ministerio aseguran que cuentan con excelentes vías de acceso, cercanía a centros educativos, recreativos y de salud, así como una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes.

Cómo incribirse a Procrear II

Quienes quieran inscribirse al Procrear II podrán hacerlo accediendo a argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos. Se debe tener en cuenta que hay requisitos específicos y bases y condiciones para poder acceder al programa. Todos se encuentran detallados en la página oficial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

Procrear II: dónde están ubicadas las casas 

En esta oportunidad, los predios disponibles son Bahía Blanca, Canning, Carmen de Patagones, Merlo, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel, San Nicolás (Buenos Aires); Roque Sáenz Peña (Chaco); Alejandro Roca, Barrio Liceo y San Francisco (Córdoba); Corrientes (Corrientes); Paraná (Entre Ríos); La Dormida, Maipú, Malargüe, Mendoza Capital, San Martín y San Rafael (Mendoza); Posadas (Misiones); Zapala (Neuquén); Tartagal (Salta); Río Gallegos (Santa Cruz); Estación Cambios, Rafaela y General Lagos (Santa Fe).

Cuáles son los requisitos para inscribirse

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.

  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.

  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.

  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.

  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.

  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.

  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.

  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.

  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.

  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.

  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.

  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.

1. Matrimonio.

2. Unión convivencial.

3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.