Desregulación de obras sociales y prepagas: qué significa y qué trámite hacer para cambiar de cobertura

La desregulación de las obras sociales trajo cambios que presentan nuevas alternativas en el sistema de salud de los trabajadores. 

25 de marzo, 2024 | 16.41

A finales de diciembre de 2023, el Presidente de la Nación, Javier Milei, implementó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que incluía la desregulación de las prepagas y las obras sociales, una medida que recientemente fue reglamentada mediante tres decretos. Esta decisión impacta directamente en la forma en que los trabajadores en relación de dependencia pueden dirigir sus aportes y contribuciones hacia estas entidades de salud.

Hasta ahora, este proceso se realizaba a través de una obra social con la cual la prepaga tuviera convenio, pero con los nuevos decretos, esta intermediación fue eliminada. Una de las modificaciones más destacadas es que los trabajadores en relación de dependencia podrán dirigir directamente sus aportes y contribuciones hacia la prepaga de su elección, sin necesidad de una obra social intermediaria.

¿Qué cambios trae la desregulación?

Principalmente, cada individuo deberá evaluar si su obra social actual proporciona servicios de salud que justifiquen su mantenimiento o si es preferible dirigir los aportes directamente a una prepaga. “Es muy importante saber que este decreto aplica para trabajadores en relación de dependencia. Los monotributistas, jubilados y pensionados seguirán con el régimen que tienen actualmente”, explica Fiorella Bianchi, abogada especialista en salud y Directora de Coinsalud y agrega que: “Esta modificación tampoco aplica para las obras sociales provinciales (ejemplo IOMA, OBSBA) ni especiales (OSPJN, IOSFA, etc) ya que no están regidas por la ley de obras sociales nacionales”

La Superintendencia de Servicios de Salud estableció el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS), en el cual las prepagas interesadas en actuar como obras sociales deben inscribirse. Para aquellos que deseen dirigir sus aportes directamente a una prepaga, es crucial verificar que esta esté registrada en este sistema. Si lo está, el beneficiario no tendrá que abonar ningún cargo adicional y recibirá la cobertura del Programa Médico Obligatorio (PMO), que incluye servicios básicos de salud.  “En el caso de que la persona quiera un plan superador de ese PMO, entonces sí tendrá que abonar la diferencia entre sus aportes y contribuciones y el costo que tenga el plan elegido”, concluye Fiorella Bianchi

Superintendencia de servicios de salud

¿Cómo realizar el cambio de obra social?

El proceso de cambio se realizará a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), quienes adoptarán las medidas necesarias para facilitar esta transición. Los beneficiarios tendrán la libertad de elegir la obra social o prepaga que consideren más conveniente para su cobertura de salud, sin la obligación de permanecer durante un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo trabajo.

Atención médica

Esta medida impacta en aproximadamente 14 millones de trabajadores, incluidos aquellos en relación de dependencia en el sector público y privado, sindicalizados, monotributistas, empleadas domésticas y los usuarios del sistema general de salud. La desregulación de las obras sociales y prepagas representa un cambio significativo en el sistema de salud argentino, lo cual comenzó a presentar críticas de varios sectores.