Salta: Consigna policial para el agresor

08 de noviembre, 2021 | 18.42

La legislatura salteña busca materializar a través de la modificación de la ley provincial n° 7888 que regula la protección contra la violencia de género la posibilidad de que la consigna policial sea soportada por el agresor y no por la persona de la víctima, como venía sucediendo hasta entonces.

Este proyecto de ley reconoce en la praxis su antecedente inmediato en una novedosa presentación judicial en tal sentido, realizada por la Dra. Patricia Aguirre, integrante del Cuerpo de Abogados y Abogadas para Víctimas de Violencia de Género de la Nación, en febrero de 2020 ante el Juzgado de Violencia Familiar y de Género 2 de aquella provincia.

Al tomar conocimiento de la existencia del proyecto de ley que se hizo eco del cambio de destinatario de la consigna policial, la profesional destacó la imperiosa y urgente necesidad de su tratamiento ya que las medidas de protección que se dictan en la actualidad, además de no constituir un resorte válido en si mismo de protección, terminan por invadir la cotidianeidad e intimidad de la víctima, mientras que al agresor se le permite comportarse como si el proceso en su contra no existiera, mismo proceso que lo habilita eventualmente a seguir hostigando a la víctima.

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En el mismo sentido, en junio de 2020 ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley firmado por las legisladoras Mabel Caparros, María Carolina Moisés y Virginia Cornejo, entre otros, quienes tomaron nota del antecedente judicial sucedido en la provincia norteña en relación a nueva forma de ejecutar las medidas de protección en favor de la víctima.

Entre los motivos del proyecto de ley, las legisladoras nacionales destacaron el suceso material que llevó a la Dra. Patricia Aguirre a solicitar la consigna policial para el agresor: las medidas de protección por ella solicitadas en protección de la víctima carecieron de eficacia porque la violencia del agresor para con la víctima jamás había cesado. El agresor había violado todas las medidas que la justicia había ordenado: perimetral, prohibición de acercamiento, exclusión del hogar y prohibición de ejercer actos de violencia.

Las legisladoras nacionales refirieron que la medida judicial solicitada por la letrada precitada acarrea múltiples beneficios ya que desde la praxis judicial, se logra poner énfasis en la persona del agresor y contribuye a neutralizar de ante mano todo eventual ataque a la víctima.