La Corte Suprema revocó la sentencia que determinó que el sospechoso, Néstor Pavón, sólo participó como encubridor del femicidio de Micaela García. Lo hizo a pedido de la familia, subrayó la falta de perspectiva de género en la sentencia y estableció que un jurado popular lo juzgue como coautor del hecho. La joven militante de 21 años, estuvo desaparecida entre el 1 y el 8 de abril de 2017, hasta que su cuerpo fue hallado sin vida y con signos de violación.
Sebastián Wagner, el principal acusado, fue condenado a prisión perpetua por "la captación, abuso sexual y muerte" de Micaela. El hombre ya tenía dos sentencias por abuso sexual y estaba en libertad condicional cuando cometió el crimen, por decisión del juez Carlos Rossi. Mientras, Pavón había sido condenado a cinco años por encubrir el femicidio.
Pero ni siquiera llegó a cumplir su condena, ya que el Superior Tribunal de Entre Ríos consideró que la sentencia "carecía de fundamentación adecuada" y lo dejó en libertad en septiembre de 2020.
Por ello, la familia de Micaela desde hace años impuso: "Dejar sin efecto la sentencia apelada" para que un jurado popular juzgue a Pavón como coautor del hecho.
Ahora, la Corte -con las firmas de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti-, hizo lugar a los planteos de la querella y la fiscalía, y ordenó “dejar sin efecto la sentencia apelada” y que un jurado popular juzgue a Pavón como coautor del hecho. En disidencia, el juez Carlos Rosenkrantz entendió que el recurso extraordinario, cuya denegación originó la queja, "es inadmisible".
"La decisión recurrida no es un acto judicial válido en tanto convalida una sentencia que valora arbitrariamente la prueba y desconoce el derecho al recurso que la ley reconoce a la parte, máxime tratándose de una víctima de violencia de género respecto de la cual el Estado ha asumido una obligación reforzada que exige actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer", dice el texto.
El dictamen, según circuló, cita normas y convenios internacionales de protección de las mujeres a los que Argentina adhirió, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención de Belém do Pará, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
"El caso suscita gravedad institucional pues excede el interés individual de las partes y atañe a toda la comunidad en la medida en que pone en riesgo el juzgamiento de hechos de violencia de género con arreglo a los principios del derecho internacional, de aplicación obligatoria en nuestro país", aseguró el tribunal.
El juicio por el femicidio de Micaela se había realizado en octubre de 2017, cuando el tribunal de origen condenó a cadena perpetua a Wagner.
En tanto, durante el juicio oral en el que condenaron a Wagner a prisión perpetua y a Pavón como encubridor a una pena exigua, la parte acusatoria pudo demostrar que esa noche Pavón salió de cacería con Wagner por lo que sabía del crimen, como ayudó a su empleado a escapar a Buenos Aires, le proporcionó dinero en efectivo, limpió el auto en el cual habían trasladado a Micaela y luego que intentó esconder a Wagner de la Justicia.
Qué es la Ley Micaela
La Ley 27.499, mejor conocida como “Ley Micaela”, fue promulgada el 10 de enero del 2019 en conmemoración del femicidio de Micaela. El objetivo de esta normativa es establecer la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en la función pública -sin importar su nivel o jerarquía-, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación. Si bien es una de las tantas medidas que se dieron en el marco del movimiento Ni Una Menos en la búsqueda de generar un cambio, todavía hay importantes fallas en su implementación y queda mucho trabajo por hacer.
Tras la promulgación de la ley, en enero del 2019, diversas provincias y municipios se adhirieron, junto al sistema público universitario, sindicatos, empresas e instituciones deportivas. "Hemos dedicado nuestra vida a promover la instrumentación de la Ley Micaela con el convencimiento de que es una herramienta imprescindible para prevenir situaciones graves de violencia, promover ámbitos de trabajo respetuosos y jerarquizas la función pública", añadieron; asegurando que observaron "cambios, que aún pequeños, generan mucha esperanza".
Los familiares de la joven asesinada rechazan las modificaciones que plantea Milei
Los familiares de Micaela tuvieron que pedor al Congreso de la Nación que no se apliquen modificaciones a la ley que lleva su nombre, destinada a la capacitación en perspectiva de género y prevención de violencias al personal de la administración pública. Estas modificaciones estaban planteadas en la denominada "Ley Ómnibus" rechazada por el Congreso.
"Muchos de los femicidios ocurren por falta de perspectiva de género de quienes toman las denuncias (policías, agentes judiciales, etc.). Ninguno de ellos se desempeñaba en la función pública en un organismo competente en la materia", sostuvieron en el comunicado publicado. Al mismo tiempo, desde la Fundación Micaela García "La Negra" remarcaron que lo "más grave" es la modificación del Art. 1° "porque afecta el sentido de la ley".
El artículo, aún vigente, "establécese la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación" y lo que se pretende modificar -en el Art. 535- es que solamente estén obligadas aquellas personas que "se desempeñen en la función pública en los organismos competentes en la materia".