En su incesante búsqueda por ampliar derechos, Juan Domingo Perón tomó tantas medidas popularmente conocidas por el pueblo argentino que, curiosamente, hay algunas que quizás no tomaron la relevancia que merecen. Una de ellas es la Ley contra el Maltrato a los Animales, que los protege del maltrato, las torturas y la crueldad del ser humano. Como cada 10 de diciembre, y en el marco del Día Internacional de los Derechos de los Animales, un repaso por la importancia que tuvo el tres veces presidente electo en esta lucha y su gran amor por los perros.
Impulsada por Perón, la Ley 14.346 fue sancionada el 27 de septiembre de 1954 y luego promulgada el 27 de octubre del mismo año, convirtiéndose en pionera en todo América Latina. Desde aquella fecha, la ley sigue vigente y jamás fue actualizada. Por lo tanto, en caso de que haya una persona que maltrate o sea cruel con un animal como sucedió hace unos días con el mono que hallaron en una casa del barrio porteño de Belgrano R, puede ser denunciado y en la Argentina es considerado un delito por el que está penado de 15 días a 1 año de prisión. ¿Otro dato importante a tener en cuenta? El fundador del peronismo tenía intenciones de que la pena máxima sea de 3 años. Sin embargo, la idea no fue bien tomada por el Congreso, que decidió reducirla a tan sólo un año de cárcel.
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Pero, ¿qué se entiende por maltrato animal? El mismo consiste en hacer cortes sobre el animal vivo para abrirlo y examinar su contenido; cortar cualquier parte del animal para marcación o higiene; operar a animales sin anestesia y sin contar con título médico o veterinaria, excepto casos de urgencias; hacer experimentos en animales, abandonar a animales utilizados en experimentos; asesinar a animales en estados de embarazo, atropellar o lastimar animales de manera intencional, torturar o hacerlos sufrir por perversidad; hacer un acto público o privado de peleas de animales; o agredir a los animales, entre otras acciones.
El fanatismo de Perón por los perros
Juan Domingo Perón era amante de los animales y, por sobre todo, de los caballos y los perros. Era fanático de los "caniches" y a varios de ellos los bautizó como "Monito", "Tinolita", "Negrita" y "Canela. Increíblemente, sus mascotas formaban parte de las reuniones de Gabinete y eran considerados "amigos" del líder político. De hecho, se tomó diversas fotos junto a varios de aquellos perros que incluso tuvo junto a María Eva Duarte de Perón, que también los quería y mucho.
En 1965, plena época del exilio tras el Golpe de Estado que le hicieron en 1955, el periodista Esteban Peicovich entrevistó a Perón, quien le contó cómo era su día a día vinculado a los caniches que tenía en Puerta de Hierro (Madrid, España): "Vuelvo a las 19. Juego con los perritos, que me entretienen mucho". Y mencionó a cada uno de los perros que tenía: "Canela ya tiene diez años, es el abuelo. Es un exiliado como yo y me ha seguido en todas. Tinola, la madre, tiene seis, y Puchi, la hija, dos. Son grandes amigos míos. Canela, por ejemplo, es auténticamente un perro". En tanto, concluyó: "Algunos suelen educar a los perros como si fueran hombres. Hay que dejarlos que sean perros. No contagiarles cosas de hombres; les hace mal".
Por su parte, el escritor, Bruno Passarelli, recordó en el libro 'El Tango, los Perros, Gardel y Perón' cómo fue aquella visita que le hizo a "El General" en Puerta de Hierro (Madrid, España), plena época del exilio, en 1969: "Era conmovedor ver cuánto amor y cuánta solicitud Perón derramaba sobre esos caniches bandidos. Reemplazaba su rol de abuelo sin nietos con un contacto con ellos permanente, que era de una ternura sin límites. Sus brazos se parecían a cuchas voladoras. Y lo eran ya que, como me confió, en ellos los albergaba incluso para que durmiesen".
El perro que más quiso Perón
Sin lugar a dudas, el perro que Juan Domingo Perón más quiso fue "Canela", mascota de color marrón que lo acompañó durante todo el proceso de su exilio por Paraguay, Panamá, República Dominicana y España. Dicha mascota murió en 1966 y fue enterrado debajo de un árbol algarrobo en la quinta '17 de octubre', donde solía visitar a menudo para recordarlo. Allí decidió colocar una placa con el siguiente mensaje: "Canela. El mejor y más fiel de los amigos".
La fuerte reflexión de Perón sobre los animales
En una recordada entrevista que le concedió a Tomás Eloy Martínez, Juan Domingo Perón hizo una curiosa reflexión sobre el ser humano: "El hombre que ha nacido en una instancia como yo y ha vivido entre los animales les toma a los animales un cariño muy grande. Porque, vea, uno se va conformando alrededor de ellos y los animales son todos nobles, vea. No hay animal que no sea bueno y no sea noble".
Sorprendido por aquel testimonio, Martínez le marcó: "Pero usted hace una diferencia entre los perros y los gatos". Y Perón desarrolló: "Sí, bueno, es cierto... claro, como estudio psicológico, ¿no? Esto es otra de las cosas que uno debe estudiar profundamente para meterse en esta mierda de oficio político, que es tan malo y tan peligroso. Los pueblos están formados por un 10% de idealistas y un 90% de materialistas. Ese 10% de idealistas son, como diremos, como el perro. que es un animal que reacciona por instinto, él es un idealista".
En cambio, y según el hombre que fue tres veces presidente de la Nación, "el perro es un idealista... si usted le da una patada, se le echa encima, después tiene que matarlo para sacárselo de encima porque es la reacción del idealista, que es instintiva. Ese es el 5%, son los que han fusilado estos, eso son los idealistas y los que siguen ellos dando. El otro 90% son materialistas, esos son como el gato que, si usted le tira una patada, no lo alcanza. Pero si lo encierra y le pega, él se mete abajo de los muebles primero, después intenta salir por la pared. Pero, cuando se da cuenta de que nada de eso es posible, se le pone en guardia enfrente y péguele entonces al gato. El gato reacciona por desesperación, como todo materialista".
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La ley 14.346 contra el maltrato animal: qué dice y de qué trata
La Ley 14.346 fue sancionada el 27 de septiembre de 1954 y promulgada el 27 de octubre de 1954. La misma, según indica, establece las siguientes "penas para todo aquel que maltrate o haga víctimas de actos de crueldad a los animales".
ARTICULO 1º - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.
ARTICULO 2º - Serán considerados actos de maltrato:
1° No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
2° Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.
3° Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
4° Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.
5° Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.
6° Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
ARTICULO 3º - Serán considerados actos de crueldad:
1° Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello.
2° Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
3° Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.
4° Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.
5° Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.
6° Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.
7° Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad.
8° Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.
ARTICULO 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Cómo denunciar maltrato animal y a quién recurrir
En caso de presenciar un maltrato animal, realizar la denuncia penal. El trámite es gratuito y los funcionarios están obligados a tomarla. En dónde se puede hacer:
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En la comisaría más cercana al lugar donde ocurrió el hecho.
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En la fiscalía o UFI (Unidad Funcional de Instrucción).
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En el Juzgado de instrucción.
Qué hacer en caso de que el maltrato animal sea en la vía pública
Es recomendable llamar al 911. En tanto, en la Ciudad de Buenos Aires también podés hacerlo al 0800-333-47225, que es el teléfono del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad (funciona las 24 horas del día).