Gripe aviar: cuáles son las nuevas medidas del Gobierno para frenar el avance de la enfermedad

Las nuevas disposiciones fueron oficializadas en el Boletín Oficial. Una de las medidas es prohibir la venta de gallinas y pollos y otras especies de aves, en agronomías, veterinarias o forrajerías.

21 de marzo, 2023 | 12.54

El Gobierno nacional, a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), dispuso nuevas medidas para frenar el avance de la gripe aviar en todo el territorio argentino. Una de las medidas es prohibir la venta de gallinas y pollos y otras especies de aves, en agronomías, veterinarias o forrajerías.

Las nuevas disposiciones fueron confirmadas mediante la Resolución 230/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, luego de que se confirmen en el último reporte difundido por el Senasa, hasta este lunes 20 de marzo, 60 casos positivos de esta enfermedad en todo el país, especialmente en las provincias de Córdoba, Buenos Aires, Neuquén y Río Negro. Del total, 49 de ellos se dieron en aves de traspatio, 7 en sector comercial, y 4 en silvestre. La provincia con más casos es Córdoba, quien cuenta con 18 positivos, seguida de: Buenos Aires con 15, Neuquén con 7, Salta con 7, Río Negro con 4, San Luis con 2, Chaco con 2, La Pampa con 2, Jujuy con 1, Santiago del Estero con 1 y Salta con 1.

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Ante este panorama, el organismo sanitario prohibió la realización de exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen concentración y movimiento de aves de las especies domésticas (gallinas, gallos, pollos, pavos, gallinetas, faisanes, codornices, patos y gansos), por cualquier motivo y finalidad".

También se prohíbe el movimiento de aves vivas de las especies domésticas (gallinas, gallos, pollos, pavos, gallinetas, faisanes, codornices, patos y gansos) hacia establecimientos registrados en el Senasa bajo la actividad 'comercio agropecuario - venta minorista de animales' para su distribución o venta". Asimismo "el movimiento de aves entre establecimientos. Se prohíben los movimientos de aves de las especies domésticas (gallinas, gallos, pollos, pavos, gallinetas, faisanes, codornices, patos y gansos) desde y hacia establecimientos registrados en el SENASA bajo la actividad 'aves de traspatio'”.

Se establecieron "medidas extraordinarias para la autorización de ingreso de genética aviar a la República Argentina y su traslado dentro del país, independientemente de la situación sanitaria del país exportador". En ese sentido, se dispuso que “los ingresos de genética aviar [aves de UN (1) día de vida y/o huevos fértiles] deberán realizarse por vía aérea. En caso de utilizar la vía terrestre se deberá realizar el trasbordo de la remesa en el punto de ingreso, bajo control oficial, a UN (1) vehículo lavado y desinfectado en el Territorio Nacional, o bien proceder a la desinfección del vehículo bajo supervisión oficial en el punto de ingreso con desinfectantes aprobados por el SENASA y según las dosificaciones recomendadas por el fabricante”.

Además, “el responsable de la operatoria deberá presentar UN (1) itinerario ante el SENASA para su autorización, previo al ingreso del material genético al país. En todas las opciones, se deberá considerar las menores distancias posibles y evitar las zonas de alta densidad de producción avícola. El vehículo y el/los transportista/s no deberán ingresar al establecimiento ni tomar contacto con la carga ni otras aves y deberá contar con el seguimiento satelital durante todo el recorrido por el país, y el registro documental del itinerario del traslado. Además, realizar la correspondiente limpieza, lavado y desinfección del vehículo.

Gripe aviar: más medidas para frenar la enfermedad

En otro artículo de la resolución, se definieron medidas en los parques o reservas naturales nacionales o provinciales. “Ante la notificación de aves con sintomatología compatible o casos confirmados de IAAP dentro de estas áreas, se establecerán las medidas sanitarias necesarias que permitan minimizar la dispersión de la enfermedad, de forma conjunta con la Administración De Parques Nacionales o las autoridades provinciales correspondientes”, se especificó desde el organismo sanitario.

También, se solicita a las autoridades de fauna provinciales que “se arbitren los medios necesarios para reducir la difusión del virus de IAAP a través de la fauna silvestre, en aquellas actividades que favorezcan la dispersión de las aves y el contacto entre aves silvestres y personas, como las actividades de caza de las especies más susceptibles (anátidos) en zonas de alta concentración de granjas de producción avícola”.