Los ocho rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa en Villa Gesell tendrán una audiencia clave por la cual piden dejar sin efecto las penas a prisión perpetua. Los condenados estarán presentes en la sala. De no concederles la baja de las penas, podrán hacer el reclamo ante la Corte Suprema de Justicia.
La audiencia será el próximo martes 15 de agosto ante la Cámara de Casación Bonaerense donde el abogado de los condenados, Hugo Tomei, intentará revertir las penas a perpetua sobre cinco de los ocho detenidos y que haya otras menores sobre el resto.
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En febrero, el Tribunal Oral Criminal de Dolores impuso la pena de prisión perpetua sobre Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Luciano y Ciro Pertossi; y de 15 años sobre Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi. Todos están detenidos en el pabellón 6 de Melchor Romero que es el lugar donde fueron alojados antes del juicio, más allá de los rumores que había acerca de su traslado.
Ante Casación, los imputados pidieron estar presentes y lo harán con su abogado, pero también estará la querella que pedirá ratificar las penas y la Fiscalía que incluso tendrá como objetivo que la perpetua sea aplicada a todos y no a tan sólo cinco de ellos.
De ser ratificadas las penas, la defensa podrá seguir apelando ante la Suprema Corte Bonaerense y luego ante el Alto Tribunal de la Nación. Caso contrario, las alternativas son varias ya que la Casación puede rebajar las penas o bien ordenar incluso la realización de un nuevo juicio.
Las perpetuas fueron en función de que la Justicia entendió que existió un homicidio agravado por premeditación y alevosía, esto es que planificaron el asesinato y que, incluso, luego se aseguraron el resultado muerte de Báez Sosa en esa golpiza brutal del 20 de enero de 2020 a la salida del boliche Le Brique en Villa Gesell.
Crimen de Fernando: primer revés para los rugbiers
A mediados de junio, la Cámara de Dolores rechazó nuevamente los planteos formulados por el abogado de los rugbiers, Hugo Tomei, para cuestionar la etapa de instrucción del juicio que definió su encarcelamiento. El letrado presentó una apelación que cuestionaba la primera declaración a los condenados y exigió además la recusación del juez de garantías David Leopoldo Mancinelli.
El abogado de los ocho culpables inició una causa porque sostenía que las actas de las primeras indagatorias a las que fueron sometidos los rugbiers fueron falseadas. En base a esas acusaciones, Tomei recusó al juez porque asegura que "puede ser parte de lo que ellos denuncian al haber convalidado en su momento esas indagatorias".
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Sin embargo, los jueces de la Cámara en lo penal de Dolores rechazaron los planteos de Tomei y afirmaron que "si hubiesen existido las irregularidades de la entidad que menciona, correspondería haber decretado la nulidad. Y decretada esta, podría abrirse la posibilidad de investigar la posible comisión de delitos de acción pública (siempre siguiendo la hipótesis planteada por los particulares damnificados). Claramente ello acarrearía, una clara incidencia en los actos posteriores (el dictado, por ejemplo, de la prisión preventiva lo que conllevaría a otro delito denunciado: privación ilegal de la libertad)".
Para los camaristas, ese "supuesto delito ya ha tenido respuesta, no sólo de parte del Ministerio Público Fiscal en las vistas corridas oportunamente, sino por diversos organismos jurisdiccionales: juez de garantías, esta misma Sala, órganos superiores a esta Sala e, incluso, por el Tribunal que llevó adelante el juicio oral pues, como cuestión preliminar, una vez iniciado el debate, nuevamente desechó la nulidad planteada al respecto".
"De este modo, quiérase o no, de manera directa o indirecta, la desestimación de la denuncia, en el hecho (o delito según el recurrente) que debe acreditarse para tener andamiaje el resto de la presentación, ya ha sido analizada y resuelta, como dije en el párrafo anterior, por diversos órganos jurisdiccionales: se ha establecido la plena validez de las declaraciones que, según el criterio del apelante, fueron falsificadas. Esto significa, reitero, que tal extremo ha sido motivo de análisis, valoración y decisión de la jurisdicción", agregaron. En ese sentido, también rechazaron la recusación del juez y en el fallo los magistrados fueron marcha atrás con el fundamento de la defensa en cuanto a que existió delito al inicio de la causa.