Crimen de Fernando Báez Sosa: el perdón seriado y el pedido de absolución para los ocho

El abogado Hugo Tomei cuestionó lo actuado por la fiscalía y la querella, en tanto que determinó que "no se pudieron probar" los hechos descriptos. La respuesta de por qué no había hablado hasta el momento y su relación con los ocho segundos "en negro" de la investigación.

26 de enero, 2023 | 19.16

Hugo Tomei, el abogado de los ocho acusados por el crimen de Fernando Báez Sosa, reveló sus cartas y expuso su estrategia ante el tribunal con un pedido de perdón seriado de todos los imputados, que acompañó con un duro alegato contra la "condena mediática". Por primera vez, manifestó que su intención es que los jueces absuelvan a todos sus defendidos o que, en caso contrario, los evalúen bajo figuras que no impliquen la prisión perpetua, como el homicidio en riña, el homicidio simple con dolo eventual o el homicidio preterintencional. El letrado cuestionó todo lo expuesto ayer por la fiscalía bajo el argumento de que "no se pudo probar el hecho" y calificó la exposición de sus colegas como "una construcción narrativa impecable". Tampoco faltaron las acusaciones contra Fernando Burlando, el abogado de los familiares de la víctima por sus declaraciones a la prensa. 

El abogado esperó hasta el final del juicio para manifestar públicamente su pedido al tribunal: absolución ante la supuesta falta de dolo y premeditación. Hasta este momento, solo se habían conocido las declaraciones de cinco de los ocho acusados que habían decidido tomar la palabra, Máximo Thomsen, Luciano Pertossi, Lucas Pertossi, Ciro Pertossi y Blas Cinall. A ese mismo movimiento recurrió Tomei cuando pidió hoy a sus defendidos que tomen el micrófono uno a uno y que pidan perdón, aunque sin admitir ningún tipo de responsabilidad sobre lo sucedido y planteando más bien la idea de que todo ocurrió en el contexto de una pelea y que no hubo intención de matar. 

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Así, se pudo escuchar por primera vez a los imputados Ayrton Viollaz, Enzo Comelli y Matías Benicelli. Uno de los ocho llegó a referirse a lo sucedido como "eso", en tanto que otro enfatizó: "Les pido perdón a los familiares por haber estado ahí". Los padres de Fernando dijeron luego que no se sintieron conmovidos por sus palabras y que consideraban que todo fue "actuado"

Para sostener su breve alegato, el abogado aseguró primero que sus defendidos están "condenados por el poder mediático y por la sociedad", para luego adentrarse en planteos sobre supuestos errores procesales. Mencionó cuestiones muy técnicas, como "el principio de congruencia". Este concepto, de acuerdo a los abogados consultados por este medio, está vinculado con la garantía que impide que una persona sea condenada por hechos distintos a aquellos contenidos en la acusación. "Acá hay un hecho concreto que es el homicidio en el cual participan todas o una de estas personas, por las cuales están siendo enjuiciadas. Mientras que no se modifique, no se afecta el principio de congruencia. Hay que tener en cuenta que el tribunal no está obligado a seguir la línea trazada por la acusación, pero lo que no puede es apartarse a los hechos", explicó a El Destape el abogado penalista Juan Pablo Gallego. A la salida del tribunal, el fiscal Diego García aclaró a su turno que la calificación legal no fue modificada en su presentación, aunque sí se agregaron elementos nuevos surgidos del debate oral sobre el rol de cada uno de los acusados. 

Los ocho segundos de "negros" en toda la investigación volvieron a ser mencionados en la sala de audiencias. El abogado aseguró que tenía en cuenta ese 20 por ciento del hecho que no se pudo reconstruir, dejando en claro que precisamente por eso no había deslizado previamente en la prensa ninguna declaración y le había pedido a sus defendidos que tampoco dieran detalles al tomar la palabra. No quería darle a la fiscalía ni a la querella las piezas del rompecabezas que les faltaban." "No se pudieron probar los hechos. No hubo intención de matar", les dijo hoy Tomei. García y Juan Manuel Dávila habían sostenido que en esos ocho segundos algunos de los acusados que no habían sido identificados previamente como agresores directos, Viollaz y Lucas Pertossi, le habían pegado a Fernando porque estaban alrededor de él. 

Contra esto se erigió duramente Tomei, quien consideró que se modificaron esos hechos previamente descriptos en el acta de elevación a juicio. Allí se identificaba a Thomsen, Ciro Pertossi, Comelli, Benicelli y Cinalli como los que protagonizaron la golpiza, en tanto que los otros tres restantes (Lucas Pertossi, Luciano Pertossi y Viollaz) habían actuado, de acuerdo a la fiscal, rodeando a Fernando y a sus amigos para evitar que pudieran auxiliarlo y concretar así "su plan acordado". Ayer se habló de una doble función y de que "todos hicieron todo". "Todos no le pegaron", replicó hoy Tomei. 

El abogado volvió a cuestionar la autopsia que realizó el médico Diego Duarte para sostener este punto, al asegurar que "no se pudo probar el golpe exacto que le causó la muerte", que "no hay golpes en el cráneo" de la víctima y que el cuerpo "tiene seis moretones y raspones". Para que se aplique el homicidio en riña es necesario que no se sepa quién dio el golpe mortal, por eso el abogado hizo hincapié en la pericia médica y también el RCP. Durante el debate,  Tomei llamó como testigos de la defensa a los familiares de los acusados, a los dos rugbiers absueltos, Pedro Guarino y Alejandro Milanesi, pero también convocó al especialista en medicina legal Juan José Fenoglio y al médico emergentólogo Jorge Rodolfo Velich. Hoy dijo que con sus declaraciones "quedó claro que el RCP puede causar traumas" y aseguró que no se pudo determinar por qué se dañó el hígado de la víctima. 

Los testimonios cobraron relevancia ayer en la presentación de los fiscales, cuando pidieron dejar de lado la "fascinación" por las imágenes grabadas y Tomei también les salió al cruce a los fiscales por este tema. Habló de supuestos cambios discursivos entre la etapa de instrucción y el debate por parte de algunas de las 87 personas que declararon ante el tribunal. Puso en duda sobre todo el lugar desde el que narraron lo sucedido. No solamente físico, sino también emocional. "Algunos lloraron, se abrazaron con el particular damnificado", remarcó, al tiempo que enfatizó que "no se entiende como vieron lo que vieron". 

Qué figuras legales reclamó Tomei: riña, homicidio preterintencional y homicidio simple con dolo eventual

Tomei mencionó que, si no se decide la absolución para los ocho acusados, entonces se tendría que aplicar el artículo 95 del Código Penal y lo leyó durante su alegato. Este indica que: “Cuando en riña o agresión en que tomaren parte más de dos personas, resultare muerte o lesiones de las determinadas en los artículos 90 y 91, sin que constare quiénes las causaron, se tendrá por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido y se aplicará reclusión o prisión de dos a seis años en caso de muerte, y de uno a cuatro en caso de lesión”. Es decir, que tiene que existir certeza sobre quién del grupo es el que da el golpe mortal a la víctima para avanzar en otra figura legal, algo que para Tomei no se comprobó a lo largo del debate. Este delito implica una pena que va de los tres a los seis años de prisión. 

El homicidio doloso simple se aplicaría si se comprueba que una o varias personas actuaron con la intención de matar a Fernando Báez Sosa, pero sin un plan acordado y sin actuar sobre seguro. Al igual que el homicidio en riña, no implica una prisión perpetua como lo requerido por la fiscalía y la querella (Homicidio agravado con alevosía y concurso premeditado de dos o más personas) porque no incluye agravantes y tiene una pena que va desde los 6 a los 25 años de prisión. Pero Tomei evitó esta figura y prefirió hablar del "homicidio simple con dolo eventual", que incluye otros atenuantes. 

En el caso del homicidio preterintencional, relacionado con este último, deriva de un intento de una agresión dolosa pero sostiene que no existió la intención de matar, sino de lesionar. "Sería, por ejemplo, el hecho donde una persona le pega a otra en forma dolosa aceptando la comisión del delito de lesiones pero por equis circunstancia se deriva en la muerte. Tiene que ver con definir si la muerte resultó como consecuencia de una agresión dirigida a lesionar", explicó a este medio el abogado Pedro Albarracín.