Los ocho rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa tuvieron un revés judicial. La Cámara de Dolores rechazó nuevamente los planteos formulados por su abogado, Hugo Tomei, para cuestionar la etapa de instrucción del juicio que definió su encarcelamiento. El letrado presentó una apelación que cuestionaba la primera declaración a los condenados y exigió además la recusación del juez de garantías David Leopoldo Mancinelli.
El abogado de los ocho culpables inició una causa porque sostiene que las actas de las primeras indagatorias a las que fueron sometidos los rugbiers fueron falseadas. En base a esas acusaciones, Tomei recusó al juez porque asegura que "puede ser parte de lo que ellos denuncian al haber convalidado en su momento esas indagatorias".
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Sin embargo, los jueces de la Cámara en lo penal de Dolores rechazaron los planteos de Tomei y afirmaron que "si hubiesen existido las irregularidades de la entidad que menciona, correspondería haber decretado la nulidad. Y decretada esta, podría abrirse la posibilidad de investigar la posible comisión de delitos de acción pública (siempre siguiendo la hipótesis planteada por los particulares damnificados). Claramente ello acarrearía, una clara incidencia en los actos posteriores (el dictado, por ejemplo, de la prisión preventiva lo que conllevaría a otro delito denunciado: privación ilegal de la libertad)".
Para los camaristas, ese "supuesto delito ya ha tenido respuesta, no sólo de parte del Ministerio Público Fiscal en las vistas corridas oportunamente, sino por diversos organismos jurisdiccionales: juez de garantías, esta misma Sala, órganos superiores a esta Sala e, incluso, por el Tribunal que llevó adelante el juicio oral pues, como cuestión preliminar, una vez iniciado el debate, nuevamente desechó la nulidad planteada al respecto".
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"De este modo, quiérase o no, de manera directa o indirecta, la desestimación de la denuncia, en el hecho (o delito según el recurrente) que debe acreditarse para tener andamiaje el resto de la presentación, ya ha sido analizada y resuelta, como dije en el párrafo anterior, por diversos órganos jurisdiccionales: se ha establecido la plena validez de las declaraciones que, según el criterio del apelante, fueron falsificadas. Esto significa, reitero, que tal extremo ha sido motivo de análisis, valoración y decisión de la jurisdicción", agregaron. En ese sentido, también rechazaron la recusación del juez y en el fallo los magistrados fueron marcha atrás con el fundamento de la defensa en cuanto a que existió delito al inicio de la causa.
Las condenas
A tres años del crimen de Fernando Báez Sosa, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Dolores condenó por unanimidad a los acusados y estableció que Máximo Thomsen, Ciro y Luciano Pertossi, Enzo Comelli y Matías Benicelli fueran condenados a cadena perpetua. Mientras que, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi recibieron una pena de 15 años de prisión.
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Los ocho, cinco de los cuales recibieron prisión perpetua, siguen todos juntos detenidos en el penal de Melchor Romero y a la espera de lo que defina la Cámara de Casación Bonaerense en cuanto a que ratifique o no las penas.