La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires revocó la absolución de un hombre por el femicidio de su suegra, una mujer de 56 años asesinada a golpes en su casa del partido bonaerense de Ituzaingó en marzo de 2018, y ordenó que el Tribunal de Casación emita un nuevo fallo con perspectiva de género.
En marzo del 2020, el femicida Víctor Ezequiel Palmero (30) fue absuelto por el beneficio de la duda por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 5 de Morón por el homicidio de Mónica Beatriz Olañeta; veredicto que fue confirmado un año después por la Sala I del Tribunal de Casación Penal. Ante esto, la fiscal subrogante ante el Tribunal de Casación Penal, María Laura Di Gregorio, presentó un recurso de queja ante la Corte bonaerense luego de que fuera desestimado por "indmisible" un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
En el mismo mes pero del 2022, el máximo tribunal bonaerense concedió dicho recurso y corrió vista al Procurador General para que emitiera un dictamen respecto a la presentación. "El tribunal casatorio incurrió en arbitrariedad cuando negó evaluar el cuadro probatorio con perspectiva de género", manifestaron en un extenso fallo de 22 hojas.
"Al tasar como criterios necesarios la constatación de una relación de violencia previa entre víctima y victimario, o de indicadores de que aquella esté en una posición subalterna, o haya padecido alguna clase de violencia física, psicológica, sexual, económica o de otra índole, a la par que soslayó otros datos comprobadas del caso, interpretó restrictivamente la normativa convencional", aseguró en su voto la jueza Hilda Kogan, al que adhirieron sus pares Daniel Soria, Sergio Torres y Luis Genoud.
La mujer había sido brutalmente atacada en el interior de la vivienda. Si bien intentó resistirse al ataque, fue golpeada con un elemento contundente en el rostro y la cabeza; mientras que su cuerpo mostró signos de violencia a nivel cervical por maniobras de estrangulación. "La muerte violenta y el empleo de violencia física contra una mujer son datos que de por sí deben alertar sobre la posibilidad de que estén en juego compromisos asumidos por el Estado argentino", advirtió la jueza.
"Se advierte que, la categórica restricción asumida por el tribunal revisor para negar la metodología de análisis de la prueba con perspectiva de género, tuvo anclaje en afirmaciones dogmáticas y en un encasillamiento forzoso de variables que no se aprecia que sean producto de una razonada interpretación del instrumento indicado", cuestionó la magistrada Kogan.
Luego analizó y enumeró una serie de indicios comprobados en el expediente (intento de abuso contra la víctima un mes antes, la presencia de Palmero en la escena del crimen, el cambio de vestimenta y calzado del asesino antes de que la policía llegue al lugar), para remarcar que el órgano revisor "efectuó un análisis parcial y fragmentario de la prueba". Si bien no se expresó sobre la pena, concluye que "corresponde hacer lugar al recurso extraordinario" solicitados, "casar el fallo recurrido y remitir los autos a la sede anterior" para que se aborde la cuestión como es debida, exáminándose "la integridad de la prueba".
El crimen de Mónica Olañeta
El hecho ocurrió el 3 de marzo de 2018, alrededor de las 6, en una vivienda ubicada en Lisandro de la Torre al 2.700 del barrio San Alberto de Ituzaingó. Fuentes judiciales informaron que Palmero llamó al número de emergencias 911 porque había encontrado a su suegra tendida en una de las habitaciones. Al llegar al lugar, el personal de la comisaría 4ta. se entrevistó con el muchacho, quien les dijo que había hallado el cuerpo de Olañeta.
MÁS INFO
Según las fuentes, los efectivos constataron que la mujer, apodada "Neme", estaba muerta y que tenía varios golpes en su cuerpo. En tanto, la Policía observó que Palmero tenía rasguños en el rostro, en sus manos y en el torso que fueron considerados como signos de defensa de la víctima, tras lo cual comenzó a contradecirse y quedó aprehendido de inmediato como principal sospechoso.
El joven quedó alojado en una comisaría de la zona y luego se negó a declarar ante la fiscal Gabriela Millán, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 1 descentralizada en Ituzaingó, que le imputó el delito de "homicidio agravado por violencia de género", que prevé prisión perpetua.