El femicida de Micaela Ortega cambió de género: cómo afecta a la condena y el pedido de la familia

Micaela Ortega fue la primera víctima de grooming seguido de muerte en la Argentina. La familia se enteró del cambio de género y planteó qué puede ocurrir con la condena a prisión perpetua.

04 de mayo, 2023 | 14.37

Jonathan Luna, condenado a prisión perpetua por el femicidio de Micaela Ortega -la primera víctima de grooming seguido de muerte en la Argentina- pidió el cambio de género y habría solicitado ser trasladado a un pabellón de mujeres. En este marco, la familia de la adolescente se refirió a la nueva autopercepción del condenado y cómo puede afectar en la causa. Además, exigió que sean notificados de todas las novedades acerca del condenado, teniendo en cuenta lo que estipula la Ley de Víctimas.

Si bien en un momento trascendió la posibilidad de que el cambio de género de Luna, quien desde hace un año se percibe como Joana y se encuentra en un pabellón de personas trans en Florencio Varela, podría modificar la carátula de la causa, María Fernanda Petersen, abogada de Mónica Cid, la mamá de Micaela, aclaró que "no está planteado y, después de un año (del cambio de género), no creo que lo planteen".

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"Llegado el caso, en el peor de los escenarios, si el agravante (de femicidio) no va, las otras dos no se modifican. No tiene sentido que lo plantee, aunque sí es importante discutir este tema para casos que tengan solo la calificación de femicidio", explicó la abogada María Fernanda Petersen, representante de la familia de Micaela, a La Nueva. Según aclaró, para la Justicia Luna mató a Micaela "para tratar de ocultar otros delitos", como el "acoso sexual tecnológico y robo" y tras "no haber logrado ejecutar la intención de cometer un delito contra la integridad sexual". Por eso se le impusieron dos agravantes, el de la alevosía y también el relacionado con la intención de ocultar el delito previo. 

Desde agosto del año pasado, Luna ya figura en la causa judicial como "Joana", detallaron fuentes del Tribunal en lo Criminal Nº 2. Ese tribunal le impuso en 2017 la condena por el femicidio de la adolescente, que cumple en la Unidad Penal Nº 32 de Florencio Varela. "Se recaratuló la causa a partir de una resolución del Tribunal de Casación, en otra causa, por la Ley de Identidad de Género y en ese momento se dispuso su traslado, no a una cárcel de mujeres, sino a un pabellón transgénero. Desde aquella fecha (agosto) no hemos tenido más reclamos", explicaron a Télam.

En este sentido, sobre los rumores de que había solicitado el cambio a un pabellón de mujeres, la letrada aclaró que no se habría solicitado ese cambio, sino a un pabellón especial, medida que se le otorgó en agosto del año pasado. "Se trata de un pabellón de diversidad de género que está en algunas cárceles, especialmente del conurbano", sostuvo Petersen a La Brújula 24.

En este sentido, la letrada confirmó que presentaron un escrito ante el Tribunal Criminal Nº 2 para que Mónica Cid, la mamá de Micaela, sea notificada sobre las novedades de la causa, en el marco de la Ley de Víctimas.

Micaela Ortega, la niña de 12 años asesinada en Bahía Blanca, que impulsó la ley de Grooming

Micaela Luna, de 12 años, desapareció el 23 de abril del 2016 tras encontrarse con Jonathan Luna, un hombre que la contactó por la red social Facebook haciéndose pasar por una menor de edad. Un semana después, el 28 de mayo, su cuerpo golpeado y estrangulado fue encontrado cerca de la ruta 3 en las afueras de Bahía Blanca, en medio de una búsqueda por parte de fuerzas de seguridad y sus familiares.

Por el hecho, Luna, de 28 años, fue juzgado y condenado a prisión perpetua en octubre de 2017, en el marco del primer caso de “grooming” que terminó con un crimen. El hombre fue detenido en una precaria vivienda que habitaba, que había sido parcialmente incendiada por vecinos, donde secuestraron una planchita de pelo, teléfonos celulares y otras pertenencias de Micaela.

Los investigadores llegaron a Luna tras determinar que se había contactado con la niña a través de Facebook gracias a la información aportada por The National Center for Missing & Exploited Children, de Estados Unidos, un organismo que trabaja contra la pedofilia y explotación de niños.

Así se determinó que el hombre poseía más de cuatro cuentas de Facebook en las que se hacía pasar por mujer, mediante una de las cuales captó a Micaela, a quien simulando ser una chica la convenció de que fuera a una esquina donde supuestamente la iba a pasar a buscar un amigo. En ese lugar, Luna fue captado por las cámaras de seguridad junto a la Micaela, vista allí por última vez con vida.

La sentencia fue dictada de manera unánime por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Bahía Blanca, que consideró a Luna autor de "homicidio triplemente calificado por haberse cometido sobre una mujer mediando violencia de género, por alevosía y para ocultar otros delitos por no haber logrado el fin e intención que guiaba su conducta de cometer un delito contra la integridad sexual, en concurso real con los delitos de acoso sexual tecnológico y robo”.

Los jueces Claudia Fortunatti, María Elena Baquedano y Eugenio Casas consideraron que Luna "se aprovechó de la situación de indefensión de la víctima", a quién trasladó a varios kilómetros hasta una zona descampada y de muy difícil acceso "para asegurar su actuación" y "previo convencerla de que la llevaría a una vivienda donde podría alojarse".

Luna "generó así las circunstancias necesarias para asegurar la ejecución del hecho, disminuyendo las posibilidades de defensa de la menor, colocándola en una situación de inferioridad y descartando riesgos para sí. Además, se valió de la sorpresa de su acción a traición por aprovechamiento de la confianza que en él se había depositado", añadieron los magistrados.

El Tribunal consideró que la edad de Micaela, sus características físicas y la confianza que había generado Luna a partir de la información falsa a través de Facebook, "establecieron esa situación de inferioridad" que le impidieron resistirse al ataque del hombre.

El caso impulsó la ley para prevenir el Grooming aprobada por la Cámara de Diputados por unanimidad en 2020. El proyecto que establece la creación de un Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes, cuyo objetivo es prevenir, sensibilizar y generar conciencia en la población sobre esta problemática a través del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y de la capacitación de la comunidad.

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