El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) aprobó un reglamento general para servicios de televisión por suscripción en el que estableció que los licenciatarios deberán adecuar, en un plazo de 30 días, sus grillas de señales con el fin de asegurar el acceso equitativo a las señales más relevantes en términos formativos, culturales, informativos y locales. Mediante la Resolución 1491/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Enacom aprobó el reglamento general de los servicios de televisión por suscripción por vínculo físico o radioeléctrico y satelital.
En la normativa, estableció que los licenciatarios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) con registro al servicio de suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico y los licenciatarios de televisión por suscripción satelital deberán adecuar, dentro de los próximos 30 días, sus grillas de señales.
La adecuación se hará "a los efectos de asegurar que las señales más relevantes en términos formativos, culturales, informativos y locales tengan acceso equitativo a la distribución de contenidos". Los licenciatarios deberán garantizar la emisión sin codificar de las señales de Radio Televisión Argentina (RTA); de todas las emisoras y señales públicas del Estado Nacional y de todas aquellas en las que tenga participación.
Además, deberán incluir la emisión sin codificar de las señales de los estados provinciales y de la ciudad de Buenos Aires, de la iglesia católica y de las universidades nacionales, cuya área de cobertura coincida con la del servicio. También tendrán que contener las emisiones de los servicios licenciatarios de televisión abierta de origen, cuya área de cobertura coincida con la del servicio; y aquellas señales cuyo eje temático sea programación informativa eminentemente federal. Los licenciatarios deberán ordenar las señales de sus grillas de programación de forma tal, que todas las que correspondan al mismo rubro de programación se encuentren ubicadas en forma correlativa.
A los efectos de calificar el “carácter informativo” de una determinada señal, y a los fines de ser declarada de inclusión obligatoria, el Enacom considerará la temática federal de la programación, vinculada a los ámbitos regional, provincial y local, además del contenido informativo internacional y nacional, debiendo acreditar 24 horas de transmisión, de las cuales 12 deberán ser en vivo. Entre las medidas, el Enacom señaló que en el caso en el que "no se pudiere arribar a un precio justo, equitativo y razonable" para la inclusión en la grilla de una señal cualquiera de las partes podrá solicitar la intervención del organismo.
Por otra parte, estableció que no podrá condicionarse la comercialización de una o varias de señales determinadas a la adquisición de otras señales y "en el supuesto que se ofrezca un paquete de señales se deberá desagregar el precio de cada una de ellas". En tanto, los licenciatarios deberán incorporar dentro de los próximos 180 días al menos una señal de generación propia, en caso que no la tuviera. La falta de incorporación de la señal de generación propia o señal regional, o de inscripción en el Registro será sancionada conforme el régimen de sanciones vigente para cada tipo de servicio, concluyó.