Compre sin IVA: Defensa al Consumidor brindará asesoramiento sobre cómo acceder a la devolución del dinero

La institución recibió diferentes consultas sobre el funcionamiento del Programa y decidió poner asesores a disposición de los formoseños .

06 de octubre, 2023 | 17.08

Luego de recibir reiteradas consultas sobre el funcionamiento del Programa "Compre sin IVA", Defensa al Consumidor y Usuario brindará información a los vecinos del barrio Villa Lourdes, de la capital formoseña, sobre como acceder al beneficio de la devolución del IVA de las compras.

Por parte del organismo especificaron que hay personas que están alcanzadas por el beneficio, pero tienen más de dos cuentas bancarias y
aleatoriamente se le asignó una cuenta bancaria por lo que al hacer la compra, y abonar con su tarjeta de débito, no se reintegra el IVA. En ese caso lo que sucede es que el consumidor está abonando su compra con una CBU distinta a la que está informada.

En ese sentido, la institución advirtió que en esos casos se debe ingresar a la página oficial de la AFIP y modificar la CBU.

“Muchas veces hay motivos que son subsanables y otras veces no, pero cada caso es muy específico de cada persona y únicamente lo podemos verificar junto con el consumidor interesado, por eso es importante este asesoramiento de manera personal”, puntualizó la institución al portal Agenfor.

El programa "Compre sin IVA", se trata de la medida nacional que fue reglamentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General Nº 5418/2023, mediante la cual se fijó un régimen de reintegros del 21% en compras realizadas tanto en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800.

Se aplica en compras cuyos pagos se efectúen por medio de tarjetas de débito, transferencias bancarias inmediatas y también en compras con “Tarjeta AlimentAr” y “Potenciar Trabajo”.

Este beneficio está destinado a jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales, beneficiarios de asignaciones universales por hijo y beneficiarios de asignaciones por embarazo. En todos los casos el monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

Es importante mencionar que los ciudadanos pueden verificar si resultan o no beneficiarios del programa mediante la página del AFIP.

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