El Ministerio de Turismo determinó se podrá reprogramar la fecha o pedir el reembolso a la agencias de turismo de los viajes de egresados.
La decisión fue informada esta mañana a través de la Resolución 498/2020 publicada en el Boletín Oficial. En la misma, se indica que los servicios turísticos que cuenten con el “Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil” y cuya realización o prestación se haya visto impedida por la pandemia, ofrecerán a los turistas alcanzados la reprogramación de los servicios turísticos.
La reprogramación de los viajes mencionados en el artículo anterior deberá efectuarse en un plazo de doce meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulación dispuestas como consecuencia de la pandemia por el coronavirus COVID-19.
Las agencias de viajes deberán informar fehacientemente al menos dos fechas e itinerarios alternativos para la realización de los viajes, en un plazo máximo de 60 días corridos desde el levantamiento de las medidas restrictivas de circulación.
En la medida se aclara que las reprogramaciones de los servicios contratados respetarán la estacionalidad, calidad y valores convenidos, manteniendo su vigencia las cláusulas pactadas en los contratos originales.
Los agentes de viaje que incumplan con lo dispuesto en la presente medida serán pasibles de las sanciones de cancelación, suspensión de licencia y/o multa.
Los turistas usuarios podrán:
a) elegir alguna de las opciones informadas por las agencias de viajes dentro del plazo de 30 días corridos de recibida la notificación, a razón de una única alternativa por contingente.
b) solicitar el reintegro de lo abonado por los servicios contratados. Las agencias de viajes podrán retener hasta un 25% del precio de los viajes oportunamente abonados, y la devolución de lo pagado se hará hasta en dos cuotas mensuales y consecutivas, a hacerse efectiva la primera de ellas a los 30 días corridos de notificada la solicitud de reintegro por el usuario.