A partir de este miércoles se abre la inscripción para el programa de Recuperación Productiva 2 (REPRO 2) para los salarios devengados en mayo. Se mantendrá hasta el 1 de junio próximo en la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El beneficio se extiende por un mes y es necesario que las empleadoras y los empleadores se inscriban el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo.
El programa de Recuperación Productiva 2 (REPRO 2) es una herramienta creada por el Gobierno Nacional para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. La asistencia a las empresas adheridas al programa consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores y trabajadoras a cuenta de sus correspondientes remuneraciones.
El último fin de semana, el Gobierno nacional amplió la cobertura del Repro 2 para trabajadores independientes monotributistas y autónomos, lo que le permitirá asistir a 1,4 millón de trabajadores de comercios de rubros esenciales, no esenciales y centros de compras del área metropolitana que se vieron afectados por la pandemia.
El Gobierno decidió la incorporación de comercio de rubros no esenciales como indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros. También se suman comercios de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación, como por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio.
Además, se aumentó el monto máximo del programa, que pasó a ser de $ 18.000 a $ 22.000 para los sectores críticos y de salud. El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:
- Afectados no críticos: hasta $ 9.000;
- Críticos: hasta $ 12.000 (por disposición transitoria serán $ 22.000);
- Sector salud: hasta $ 22.000.
Cómo acceder al Repro 2
Para acceder al beneficio, las trabajadoras y los trabajadores deberán contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen de monotributo o autónomo. También deberá presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre mayo de 2019 y del 1 al 24 de mayo de 2021.
Para el caso de ser empleadora o empleador, deberá registrar un nivel de liquidez corriente inferior a un valor establecido por el Comité de Evaluación y Seguimiento del Repro II. La inscripción al Repro 2 es totalmente virtual, y se realiza desde el sitio web https://www.argentina.gob.ar/trabajo/repro2 .