Reabren las Cataratas del Iguazú: el Gobierno habilitó al Parque Nacional

Se permitió el desarrollo de la actividad turística y el alojamiento  exclusivamente para residentes de Misiones y Corrientes, en el caso del parque nacional Iberá. 

20 de agosto, 2020 | 07.25

El Gobierno exceptuó del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” al desarrollo de la actividad turística local, en el Parque Nacional Iguazú y Parque Nacional Iberá. A partir de hoy, únicamente los residentes de la provincia de Misiones podrán acceder al parque Iguazú y lo mismo sucederá con los habitantes de la provincia de Corrientes, que podrán llevar a cabo la actividad y el alojamiento turístico en la reserva provincial del Iberá.

A través de la Decisión Administrativa 1524/2020 publicada esta mañana en el Boletín Oficial se informó que la actividad turística local queda habilitada en ambas provincias, conforme con los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación: se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19.

Además, los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las tareas autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado para preservar la salud de los trabajadores: las personas que asistan a los citados parques deberán hacerlo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.

La Administración de Parques Nacionales deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades turísticas. El citado organismo y los gobernadores de las Provincias de Misiones y de Corrientes podrán implementarlas gradualmente, suspenderlas o reanudarlas, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme la situación epidemiológica y sanitaria. 

Asimismo, en forma semanal, la autoridad sanitaria de ambas provincias deberán remitir al Ministerio de Salud de la Nación toda la información que se le requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población. En caso de detectar una situación de riesgo epidemiológico, se podrá disponer la suspensión de la excepción dispuesta.