La Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) detalló el nuevo Plan de Emergencia Covid-19 para el transporte público de pasajeros, que consiste en el nuevo protocolo que establece las pautas mínimas de higiene y prevención para reducir la propagación del coronavirus.
Fue a través de la Disposición 867/2021, publicada en el Boletín Oficial, se determinó que la norma rige a todos los operadores de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional, transporte de carga de jurisdicción nacional e internacional y a los concesionarios de las terminales de ómnibus y ferroautomotoras.
En la nueva normativa, se determina que las empresas deberán mantener los esquemas de frecuencias para la prestación de servicios o las que en el futuro las reemplacen; garantizando la máxima frecuencia de sus servicios, tomando en cuenta la disponibilidad de vehículos y personal de conducción habilitados.
Medidas de higiene, distanciamiento y circulación
Según el nuevo protocolo, en el transporte urbano y de larga distancia sólo podrán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles, de conformidad a lo establecido en la Resolución N° 64/2020 MT. Respecto al urbano, excepcionalmente, en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta veinte pasajeros de pie.
Mientras que, en los aglomerados, departamentos o partidos que se encuentren en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, el uso de los servicios públicos de pasajeros quedará reservado exclusivamente para el personal de los servicios esenciales. En esos casos, en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta 10 pasajeros de pie.
En tanto, será obligatorio, tanto para el conductor como para los pasajeros, el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón junto a las medidas tendientes a extremar las condiciones de higiene en estaciones, andenes y dentro de las formaciones y vehículos.
Los operadores y choferes antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad provocada por el virus identificado como COVID-19 no deberán tomar servicio y deberá seguirse el protocolo de aislamiento correspondiente.
En todas las unidades, sin perjuicio del diseño que tengan las mismas, deberá instalarse una separación física que distancie a los pasajeros de los conductores. Mientras que señala que "en las terminales, los choferes deberán realizar su descanso manteniendo la distancia de seguridad entre sus compañeros y no deberán compartir utensilios".
En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado; prestando especial atención a los pasamanos y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros, según indicaciones del Ministerio de Salud.
Respecto a la ventilación, la norma establece que los vehículos de transporte automotor sin aire acondicionado deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos durante todo el viaje a fin de mantener la máxima circulación de aire. Mientras que los que cuentan con aire acondicionado deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertas durante todo el viaje a fin de mantener la circulación de aire y, además, en época de altas temperaturas, se accionará el aire acondicionado en un modo que garantice la mayor cantidad de toma de aire del exterior (no recirculación). Asimismo, se debe asegurar la limpieza y desinfección continuada de los equipos y conductos de estos sistemas.
En las paradas de ascenso y descenso "se deberán instarse los modos de comunicación de manera que la espera del transporte, en las respectivas paradas, durante el ascenso, descenso y dentro de los vehículos, los pasajeros mantengan la distancia social que se recomiende o establezca la autoridad de aplicación".
Otras determinación del nuevo protocolo de transporte:
- Se promoverá el silencio durante el viaje, evitando así la dispersión de gotas y aerosoles.
- Se desalentará la ingesta de bebidas y/o comidas en el interior de las unidades.
- Se dispondrá de la cartelería y comunicación necesaria para la concientización de las nuevas medidas.
Transporte de larga distancia
Mientras que en el caso del transporte de larga distancia se exigirá que las empresas deberán disponer de la lista de pasajeros al momento de la prestación del servicio y durante el viaje se limitará la circulación de pasajeros dentro de la unidad, por lo que los pasajeros deberán permanecer sentados en su butaca durante todo el recorrido, a excepción del momento que deseen utilizar el sanitario.
En tanto, si algún pasajero expresa síntomas relacionados al Covid-19, deberá ser aislado del resto de los pasajeros y mantener una distancia de seguridad de al menos 3 metros. La zona deberá ser ventilada.
Respecto a los viajes grupales como los de egresados, con excepción de los de jubilados, según el nuevo protocolo, se deberá contar con autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia. Todas las personas integrantes del contingente tendrán que contar con un test de antígeno negativo al iniciar el viaje.
MÁS INFO
Es así que las personas del contingente tendrán que realizarse un test de antígeno antes al abordaje al transporte de regreso. De resultar positivo alguno de los tests diagnósticos, se coordinará con las autoridades locales para el aislamiento de los casos y sus contactos estrechos.
Por último, aquellas personas que no cuenten con esquema completo de vacunación 14 días previos al inicio del viaje, deberán realizar un aislamiento de 7 días y, por su cuenta, un nuevo testeo que deberá ser informado al Sistema Nacional de Vigilancia por el laboratorio.