Nuevas restricciones: el gobierno habilitó cines, teatros y ceremonias religiosas en zonas de alarma epidemiológica

El Gobierno estableció la reanudación de actividades culturales y religiosas en zonas de alto riesgo con una capacidad de máxima de entre el 30 y el 50%.

16 de junio, 2021 | 10.40

El Gobierno Nacional informó nuevas aperturas y oficializó la reanudación de las actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales para las zonas del país que se encuentran en "alto riesgo" epidemiológico y sanitario y en situación de "alarma", con un aforo de entre 30 y 50%. Además, se permitió la habilitación de eventos religiosos en lugares cerrados, también con una capacidad del 30%.

Desde Nación dieron respuesta al pedido del Ministerio de Cultura y de la Secretaría de Culto para retomar las actividades mencionadas pese a que las restricciones para mitigar la propagación del coronavirus se habían establecido hasta el 25 de junio. Las medidas fueron publicadas esta mañana en el Boletín Oficial, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

Cines, teatros y salas de espectáculos

  • A partir de hoy se permitirá en las zonas de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, la realización de actividades en cines, en teatros y en salas de espectáculos de centros culturales con y sin asistencia de espectadores.
  • En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas, el que podrá ser aumentado conforme la situación epidemiológica.
  • Los trabajadores de estos espacios deberán contar con el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19.
  • El público asistente deberá "acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó".

Eventos religiosos

  • Se habilita la realización de eventos religiosos en lugares cerrados donde deberá observarse, como máximo, un 30 % de aforo.
  • Quienes asistan deben cumplir con las "Reglas de Conducta Generales y Obligatorias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19" y de los protocolos vigentes en cada jurisdicción.
  • Los participantes deben asistir con tapabocas, mantener el distanciamiento social, cuidar el lavado de manos, mantener la sanitización del lugar y tener disponible alcohol en gel.