La Justicia ordenó que el Gobierno porteño deberá incrementar las raciones de alimentos en comedores

En cinco días hábiles se deberán aumentar las porciones y asegurar alimentos a quienes no pueden asistir a los comedores ante su cierre preventivo.

02 de junio, 2020 | 15.49

La jueza Elena Liberatori hizo lugar a una medida cautelar y ordenó que el Gobierno porteño deberá incrementar las raciones de alimentos en comedores comunitarios en un plazo de cinco días hábiles y, al mismo tiempo, garantizar su provisión a aquellas personas que debieron dejar de asistir a estos lugares por el cierre preventivo de los mismos. Lo justificó en base a la necesidad de garantizar un insumo básico para los sectores más vulnerables de la Ciudad de Buenos Aires, fuertemente golpeados por la pandemia del coronavirus, y ante la creciente demanda surgida a causa de la cuarentena, que obligó a muchos a no poder salir a trabajar para garantizar el plato diario en sus hogares.

La resolución está fechada el 1° de junio y en ella la magistrada sostuvo que en tres días hábiles el Gobierno porteño tendrá que requerir a todos los comedores, sean oficiales o no, que indiquen cuántas raciones necesitan con el fin de alcanzar a toda la población, incrementándolas en el plazo de cinco días. En ese mismo tiempo, la administración de Horacio Rodríguez Larreta deberá informar cómo garantiza alimentos a aquellas personas que están en barrios vulnerables, aisladas por haber contraído el COVID-19 o que tuvieron que dejar de asistir a estas instituciones por su cierre preventivo.

Dentro de las medidas, también se recordó la necesidad de brindar elementos de protección a quienes brindan su servicio comunitario, para garantizar la higiene y el cuidado ante la pandemia así como la entrega de repelentes en comedores y centros de salud, ya que el dengue es uno de los problemas que golpea a los barrios más vulnerables.

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Con la crisis generada por la pandemia, la demanda de los comedores aumentó porque, a las personas que ya asistían, se sumaron aquellas que comenzaron a experimentar dificultades para acceder a los alimentos por sus propios medios ante la imposibilidad de salir a trabajar. Situación que se agravó, sostuvo la jueza, al cierre de comedores a raíz de la evolución de la situación epidemiológica, es decir, con motivo de los contagios de las propias personas que atienden estos centros o bien ante la inminente posibilidad de contagio de las personas que a ellos asisten.

Por eso, sostuvo, ante la crisis se hace indispensable la mejora de la asistencia social para garantizar el efectivo cumplimiento del aislamiento social “comunitario” (a diferencia del “quedate en casa” es “quedate en tu barrio”) y que no se vulneren derechos fundamentales, sobre todo para niños, niñas y adolescentes, ya que “la falta de acceso en tiempo y forma a los alimentos mínimos e indispensables sin dudas traerá aparejado un inadmisible perjuicio de imposible reparación ulterior en su salud y en su calidad nutricional”.

De este modo, argumentó: “No veo frustración del interés público, sino más bien un medio eficaz para concretarlo”. Por eso, ordenó que el Gobierno deberá presentar “un informe circunstanciado y debidamente documentado en autos en el plazo máximo de 10 días hábiles administrativos” para dar cuenta del cumplimiento de la medida cautelar.

El pedido se inició el 11 de mayo, cuando la Asesoría Tutelar solicitó la medida cautelar para que el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano cumpla con lo ordenado por Liberatori y que aborde la problemática de los casos de dengue en los barrios más vulnerables, así como que otorgue al Comedor Padre Daniel de la Sierra la totalidad de las raciones que fueran requeridas ante la ausencia de insumos.

El Gobierno porteño respondió cuáles fueron las medidas adoptadas en relación a los Programas Atención para Familias en Situación de Calle, Ticket Social y Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho. También lo hizo con las tomadas por el Instituto de la Vivienda de la Ciudad en relación a los beneficiarios de créditos adoptados por dicho organismo. “Sin embargo, claro está que ello no ha permitido menguar la explosión de la demanda de alimentos en los comedores comunitarios a raíz de las medidas de aislamiento social dispuestas por las autoridades nacionales y locales en el marco de la pandemia en curso”, sostuvo la magistrada. En esa respuesta oficial, las autoridades requirieron que no se le de lugar a la medida cautelar.

Sin embargo, el 27 de mayo la Asesoría la amplió y solicitó que en el plazo de dos días brinde soluciones alternativas para asistir de manera alimentaria a aquellas personas que han dejado de concurrir a los comedores comunitarios a los que asisten en virtud del cierre preventivo de los mismos..

La medida se originó a raíz de una serie de peticiones vinculadas a la asistencia social y alimentaria -en el contexto de la emergencia sanitaria del COVID-19 en el Barrio Padre Ricciardelli (Villa 1-11-14) formuladas por un conjunto de actores sociales, a las que luego se sumaron otros barrios vulnerables.

La Asesoría argumentó que “la situación de colapso en los comedores comunitarios parece ser unánime en los diferentes barrios carenciados a raíz que el aumento de raciones no está en conjunción con el aumento de la demanda de quienes requieren ayuda en esta contingencia” y que “si bien es cierto que la situación de cada comedor es particular, en cuanto a la prestación que brinda y la cantidad de gente que asiste, hoy entiendo que se impone la realización de un relevamiento que permita dar cuenta de la realidad de cada institución y el modo en que requiere la asistencia estatal”.

En el pedido, se refirió puntualmente al caso del Comedor “Padre Pepe de la Sierra” dando cuenta de los faltantes de raciones alimentarias en los rubros que atiende dicha institución, consistentes en: Prestaciones para enfermos crónicos, Provisión de alimentos para celíacos, menú convencional y Entrega de alimentos a personas en situación de calle o pasillo. Algo que también fue ordenado por la magistrada.