En qué casos las personas que vengan del exterior podrán no hacer aislamiento 14 días

El Gobierno modificó el decreto de Emergencia Sanitaria y determinó que las personas que ingresen al país desde el exterior podrán hacerse un examen médico.

27 de noviembre, 2020 | 08.11

El Gobierno modificó el Decreto 945/2020 de Emergencia Sanitaria y determinó que las personas que ingresen al país desde el exterior podrán, en algunos casos, no aislarse durante 14 días. De todas formas, deberán someterse a distintos análisis médicos y brindar información necesaria sobre su paradero. 

Esta decisión se tomó "en función de la situación epidemiológica actual", y marcaron que corresponde sustituir la norma "de manera tal que las autoridades sanitaria y migratoria regulen las condiciones de ingreso al país de las personas, sean estas nacionales, residentes o extranjeras no residentes".

La modificación lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de todos los ministros. La Comisión Bicameral permanente podrá pronunciarse respecto de la validez o invalidez del Decreto así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento dentro de los próximos diez días hábiles.

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A partir de ahora, el Gobierno determinó que deberán hacer aislamiento "quienes arriben al país habiendo transitado por “zonas afectadas”, salvo excepciones dispuestas por las autoridades sanitaria o migratoria y siempre que den cumplimiento a las condiciones que estas establezcan". En todos los casos, "deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción.

El nuevo DNU no determina explícitamente en qué casos no será necesario hacer una cuarentena de 14 días, algo que deberá ser precisado en normas posteriores, pero ya abre la puerta a flexibilizar las condiciones de ingreso al país. 

No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo las excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria.