Desde el 29 de enero no se solicitará PCR para ingresar a argentinos y residentes con dos dosis

Argentinas, argentinos y residentes del país que busquen ingresar tras viajar al exterior tienen nuevas disposiciones por el COVID-19.

25 de enero, 2022 | 23.14

El Gobierno de la Nación tomó la determinación de que a partir del próximo 29 de enero, se elimine el requisito de solicitud de prueba de antígeno para todos los argentinos y residentes que cuenten con esquema de vacunación completo contra el coronavirus y busquen ingresar al territorio tras viajar al exterior. Se trata de la decisión administrativa 63, que será publicada en las próximas horas en el Boletín Oficial.

En la misma resolución se remarca que, según las muestras estudiadas, el porcentaje de Ómicron en casos sin antecedentes de viajes internacionales se sitúa en un 84,4% mientras que la proporción de la variante Delta desciende al 15,6%. Mientras que, a su vez, señalan en el documento que la ocupación de camas fue incrementándose en las últimas semanas a causa de la primera cepa mencionada, con su gran transmisibilidad y un tiempo de duplicación de 2 a 3 días.

Frente a la importante campaña realizada, destacan desde el Gobierno que "la estrategia de vacunación continúa siendo clave para el control de la enfermedad grave" y por eso mantienen los requisitos de vacunación para ingresar al país incluyendo una prueba de antígenos como prueba autorizada en las 48 horas previas en aquellas personas que lo tengan indicado. Es decir, a quienes no hayan completo sus esquemas.

Dicha medida se toma siguiendo la misma línea de los Decretos N° 260/20, 167/21 -hasta el 31 de diciembre del 2021- y 867/21 -extendido hasta el 31 de diciembre del 2022-, en medio del contexto de pandemia por el COVID-19. A través de ellos se determinó que el Ministerio de Salud, de acuerdo a la situación epidemiológica, tenga la potestad de recomendar la suspensión o reducción del transporte internacional de pasajeros como la suspensión de destinos con alerta epidemiológica.

A su vez, a lo largo de los meses y con las diferentes resoluciones, se tomaron distintas medidas y políticas que fueron cambiando con el paso del tiempo dependiendo de la cantidad de casos confirmados en las diferentes jurisdicciones del territorio -como el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) para luego pasar a ser distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO)-. 

Nuevas disposiciones del Gobierno Nacional

Argentinos, argentinas y residentes con esquema de vacunación completo:

  1. Haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. Para el caso de los argentinos o las argentinas que hubieran residido en el exterior durante al menos el último año, se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de residencia.
  2. Las personas vacunadas con esquema completo estarán eximidas de realizar la cuarentena. 
  3. Portar consigo las constancias relativas al cumplimiento de lo establecido en el apartado precedente para exhibirlas a los operadores de transporte cuando proceda o a las autoridades competentes en el punto de entrada o el lugar de estadía, que así lo requieran.

Argentinos, argentinas y residentes con esquema de vacunación completo:

  1. Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizado en el país de origen dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas previas al inicio del viaje. El costo de las pruebas a las que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.
  2. Realizar la cuarentena durante SIETE (7) días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno.
  3. Portar consigo las constancias relativas al cumplimiento de lo establecido en los apartados referidos precedentemente para exhibirlas a los operadores de transporte cuando proceda o a las autoridades competentes en el punto de entrada o el lugar de estadía, que así lo requieran.

Personas extranjeras no residentes con esquema de vacunación completo:

  1. Haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones.
  2. Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas previas al inicio del viaje. El costo de las pruebas a las que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.
  3. Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas –conforme lo establecido en los puntos 1. y 2. del presente- que resulten negativas estarán eximidas de realizar la cuarentena prevista.
  4. Poseer UN (1) seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.
  5. Portar consigo las constancias relativas al cumplimiento de lo establecido en los apartados referidos precedentemente, para exhibirlas a los operadores de transporte cuando proceda o a las autoridades competentes en el punto de entrada o el lugar de estadía que así lo requieran.

Personas extranjeras no residentes con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas:

  1. Tramitar la excepción de vacunación por ante la autoridad competente solo cuando se reúnan las condiciones y los requisitos definidos por la autoridad sanitaria nacional, y contar con la constancia o certificación consular o de la autoridad competente de la excepción concedida, provengan o no de países limítrofes.
  2. Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas previas al inicio del viaje. El costo de las pruebas a las que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.
  3. Realizar la cuarentena durante SIETE (7) días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno mencionada.
  4. Poseer UN (1) seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos..
  5. Portar consigo las constancias relativas al cumplimiento de lo establecido en los apartados referidospre cedentemente para exhibirlas a los operadores de transporte cuando proceda o a las autoridades competentes en el punto de entrada o el lugar de estadía, que así lo requieran.