Cómo es el protocolo para la vuelta de los deportes individuales

El Gobierno publicó el protocolo a seguir con la finalidad de minimizar el riesgo de contagios a la hora de practicar actividades deportivas.

19 de agosto, 2020 | 08.14

El Gobierno publicó una serie de recomendaciones para la vuelta a las actividades deportivas individuales en contexto de la pandemia de coronavirus. 

El permiso se autorizó para las siguientes actividades con fines recreativos: actividades de nieve; deportes acuáticos; andinismo; atletismo; bádminton; canotaje; ciclismo (circuito fijo y BMX); ecuestre; gimnasia; golf; natación; paddle single; pentathlón; pesas; remo; skateboarding; surf; tenis de mesa single; tenis single; tiro; triatlón y yatching. 

A través de la Decisión Administrativa 1518/2020 publicada esta mañana en el Boletín Oficial, informaron que se deben implementar medidas preventivas y controles para mitigar el impacto de la infección por el nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2) en el ámbito deportivo, atendiendo a la naturaleza de las instituciones involucradas y tomando en consideración los factores que puedan poner en riesgo la salud de quienes realizan los deportes, profesores/as y otros trabajadores involucrados.

El protocolo para practicar deportes individuales

Todas las personas que se movilicen para la realización de los deportes; sea quienes efectivamente lo realicen, o los profesores/as y trabajadores/as de las instituciones deportivas, deberán concurrir preferentemente con sus vehículos particulares a los lugares de práctica y mantener una buena ventilación de los mismos.

Además, toda persona que para la realización de deporte individual requiera concurrir a una institución deportiva o ámbito de entrenamiento debe estar en buen estado de salud y deberá asegurarse de asistir sin presentar ningún síntoma compatible con COVID-19.

Recomendaciones para la práctica deportiva

-Se recomienda utilizar lugares abiertos al aire libre para la práctica de los deportes individuales. En caso de requerirse utilizar espacios cerrados, se debe garantizar la adecuada ventilación y recambio de aire durante y posterior a su utilización.

-Determinar la cantidad de personas por área, contemplando:

• La superficie disponible para desplazarse (metros cuadrados libres)

• Características del espacio: Cerrado, ventilado o abierto (al aire libre)

• Tipo de entrenamiento o actividad que se realizará.

En todo momento es fundamental asegurar el adecuado distanciamiento deportivo para la realización de todo deporte individual que puede reunir a otros deportistas en un espacio abierto. Las medidas seguras para un adecuado distanciamiento deportivo son de:

• 6 metros durante la práctica del deporte, cuando la actividad deportiva hace que el individuo se encuentre hiperventilando.

• 4 metros durante los momentos de recuperación y al finalizar la actividad hasta que se recupere un ritmo respiratorio habitual

• Al menos 2 metros en actividades sin desplazamiento y que no producen hiperventilación.

-Los turnos para las prácticas de la actividad deben considerar el tiempo necesario para la realización de las mismas, como para el ingreso y egreso de las instalaciones, sin generar aglomeramiento de personas. No debe admitirse la presencia de espectadores en la práctica deportiva.

-No se recomienda el uso de vestuarios y otros espacios cerrados, con excepción de los baños públicos. Finalizada la actividad deportiva en la institución el deportista deberá retirarse de la institución con la indumentaria con la cual concurrió.

-Se deberán contemplar intervalos de al menos 20 minutos entre cada práctica deportiva en la que se utilice la misma cancha o área deportiva para favorecer la recuperación del deportista, su egreso y el ingreso de otro deportista al mismo sector. Este tiempo deberá ser utilizado para la desinfección de objetos que se manipulen con frecuencia o utilizados para la práctica.

-El/la deportista, profesor y trabajador/a que circule en las instalaciones deberá utilizar “cubreboca, tapaboca o barbijo casero”.