Bonaerenses deberán aislarse cuatro días en hoteles al regresar del exterior

Fue confirmado a través de la Resolución 192 de Jefatura de Gabinete y del Ministerio de Salud bonaerense publicada en el Boletín Oficial. El objetivo de la medida es retrasar la llegada de nuevas variantes del COVID-19 a la Argentina.

01 de julio, 2021 | 10.15

En busca de contener la pandemia del COVID-19, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó este jueves la medida que determina que los bonaerenses que viajen al exterior a partir de hoy deberán realizar un aislamiento obligatorio durante cuatro días en un hotel, con costo a cargo del turista y, luego, completar el período de siete días en su domicilio.

La medida del Ejecutivo provincial fue dispuesta a través de la Resolución 192 de Jefatura de Gabinete y del Ministerio de Salud bonaerense publicada en el Boletín Oficial, con el fin de retrasar el ingreso de la variante delta del COVID-19 al país. Según detallaron fuentes del Gobierno bonaerense "aquellos viajeros que hayan dejado el país antes de hoy solo deben realizar 7 días de aislamiento obligatorio en sus domicilios como ya estaba indicado".

"Establecer que aquellas personas que tengan domicilio o residencia permanente o transitoria en la provincia de Buenos Aires y resulten negativo en la prueba para SARS- CoV-2 deberán cumplir con el aislamiento obligatorio por el término de cuatro días en los hoteles, albergues o establecimientos habilitados al efecto, completando dicho aislamiento en sus domicilios declarados por el término de tres días adicionales", aclara la norma.

Aislamiento obligatorio para los bonaerenses que viajan al exterior

Asimismo, la medida aclara que los costos de transporte, comida y/o la estadía en los lugares de aislamiento obligatorio "deberán ser asumidos por la persona que ingresa al país y el pago se hará efectivo directamente en el hotel, albergue o establecimiento". También se detalla que las personas que arriben al país desde el exterior que no cumplan el aislamiento, serán sancionadas con multas de hasta $4.300.000.

En este sentido, se fiscalizará el cumplimiento del aislamiento y, ante su incumplimiento, se labrará un acta y se realizarán dos denuncias: una penal por atentado contra la salud pública; y otra en un Juzgado de Paz por infracción a la normativa provincial.

A la vez, se precisó que "estarán excluidas del cumplimiento del aislamiento obligatorio en los hoteles, albergues o establecimientos habilitados, las personas que se encuentren exceptuadas en virtud de las disposiciones dictadas por la autoridad migratoria nacional o por la autoridad sanitaria nacional, siempre que den cumplimiento a las condiciones y protocolos que dichas autoridades dispongan".

En tanto, con el fin de que se cumpla la resolución, el Ejecutivo creó un registro de “Hoteles y Establecimientos para la Gestión de la Pandemia”, donde deberán inscribirse los hoteles, albergues o establecimientos habilitados para el alojamiento de personas.
El sitio web es: https://www.gba.gob.ar/ y allí deben completar toda la información solicitada para el registro.

Es así que las personas que vayan a viajar, deberán completar una declaración jurada en la cual asumen el compromiso de efectuar al regreso un aislamiento obligatorio de siete días: los primeros cuatro serán en hoteles habilitados por el gobierno de la provincia, en tanto que los tres restantes se llevarán a cabo en los domicilios particulares. También, previo a retornar al país, se tendrá que completar en el formulario electrónico de la Dirección Nacional de Migraciones los datos del hotel y del domicilio en el cual cumplirá el periodo de aislamiento.