Apertura de fronteras: se reanuda el transporte terrestre de pasajeros hacia el exterior

Este miércoles comienza los servicios de transporte terrestre de pasajeros entre la Argentina y Paraguay. Desde el Ministerio de Transporte adelantaron que están trabajando para la reapertura con el resto de los países limítrofes.

17 de noviembre, 2021 | 14.01

En el marco del descenso sostenido de casos y el avance de la vacunación contra el COVID-19 en la Argentina, que llegó al 80 por ciento de la población con al menos una dosis y el 60 por ciento con el esquema completo, el Ministerio de Transporte dispuso la reapertura a partir de este miércoles de los servicios de transporte terrestre de pasajeros entre la Argentina y países limítrofes, luego de la firma de un acuerdo bilateral con Paraguay.

La cartera de Transporte llegó a un acuerdo para la reapertura de los servicios de transporte terrestre de pasajeros y pasajeras de carácter internacional con Paraguay y avanza con las conversaciones con los otros países limítrofes para continuar reanudando esos servicios en los próximos días, informaron fuentes de esa cartera.

Es así que a partir de este miércoles, seis las empresas de ómnibus de larga distancia vuelven a cubrir los tramos desde La Plata o Retiro hasta Asunción; desde Retiro hasta Villarica y desde Asunción hasta La Plata. En todos los casos los ómnibus utilizarán el paso fronterizo Posadas-Encarnación a través del puente San Roque González de Santa Cruz.

“Es una medida muy importante para el sector porque brinda una conectividad terrestre entre ambos países y fomenta el turismo, que a su vez representa una industria esencial para dinamizar la economía. Estamos volviendo a la normalidad que era lo que buscábamos hace tiempo y nos preparamos con mucha responsabilidad para que esto sucediera”, remarcó el ministro de Transporte, Alexis Guerrera.

Según lo determinado en el acta firmada con Paraguay, los servicios se realizarán exclusivamente por los corredores seguros habilitados, cumpliendo los requisitos sanitarios correspondientes, cuyo control estará a cargo de los operadores de medios de transporte terrestre de pasajeros internacional que deberán, sin excepción, realizarlo previo al inicio del viaje.

Asimismo, las empresas deberán contar con la información de ubicación de los usuarios o usuarias durante el recorrido, para facilitar la trazabilidad y el rastreo de contactos a la autoridad sanitaria, en caso de que hubiera un caso positivo. Los pasajeros, por su parte, deberán cumplir con las exigencias de documentación obligatoria al momento de ingresar al país.

Para ingresar a la Argentina por cualquiera de sus corredores seguros, las personas extranjeras no residentes que ingresen por motivos turísticos deberán presentar esquema de vacunación completo, PCR negativo 72 hs. previas al embarque y un seguro de salud de COVID-19, quedando eximidos de realizar cuarentena. Los y las menores sin vacunación completa están eximidos/as de realizar el aislamiento y no deben realizarse el test PCR al séptimo día.

Habilitan la entrada de micros internacionales y cruceros bioceánicos

El Gobierno nacional habilitó la entrada al país en micros internacionales así como readecuó los procedimientos para el ingreso de cruceros antárticos y bioceánicos. La medida fue publicada en el Boletín Oficial, a través de la Decisión Administrativa 1090, en el marco de la reapertura de fronteras al turismo extranjero dispuesta a principio de noviembre debido a la baja de contagios de coronavirus en Argentina.

La norma establece las condiciones de ingreso al país para el transporte terrestre de pasajeros como la adecuación de los requerimientos para la reapertura de cruceros hacia la Antártida y cruceros Bioceánicos en la Argentina. La medida tiene la firma de jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y del Interior, Eduardo de Pedro.

Ingreso de micros internacionales: los nuevos requisitos

En cuanto al transporte terrestre, se indica que "el ingreso al país de los servicios de transporte internacional terrestre de pasajeros deberá realizarse exclusivamente por los corredores seguros habilitados o que en el futuro se habiliten por la autoridad competente, con la conformidad de la autoridad sanitaria nacional".

Se establece asimismo que "previo al inicio del viaje hacia la Argentina, los operadores de medios de transporte terrestre internacional de pasajeros deberán -sin excepción- comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento de los extremos definidos como requisitos sanitarios". "Una vez en el territorio nacional, las personas que ingresen al país deberán portar, durante los 14 días posteriores a su arribo, la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios", especifica.

 

Asimismo, las empresas "deberán arbitrar los recaudos para que se conserve la información de ubicación de los pasajeros durante el viaje, para facilitar la trazabilidad y el rastreo de contactos a la autoridad sanitaria competente, si hubiera un caso positivo".