Ante la suba de casos, el Gobierno bloqueó los pasos fronterizos terrestres: de qué trata la medida

El Gobierno Nacional dispuso, a través del Boletín Oficial, nuevas restricciones para los pasos fronterizos con el objetivo de evitar nuevos casos de coronavirus en la Argentina.

29 de marzo, 2021 | 07.43

Tal y como ha ocurrido en otros países de la región y también en diferentes partes del mundo, en la Argentina han vuelto a crecer los casos de coronavirus. Ante la detección de nuevas variantes de la enfermedad, el Gobierno de Alberto Fernández dispuso bloquear los pasos fronterizos terrestres para aquellas personas que salieron del territorio entre el 1° de abril y el 25 de diciembre de 2020.

En la Disposición 763/2021 publicada este lunes 29 de marzo en el Boletín Oficial, indicaron que aquellas personas que se encuentren en dicha situación no podrán regresar al país por medio de los siguientes cruces fronterizos: Paso de los Libres – Uruguayana, Sistema Cristo Redentor, San Sebastián y Gualeguaychú - Fray Bentos. ¿La única forma para volver al país? Será vía aérea o marítima.

La directora Nacional de Migraciones dispone suspender "en forma transitoria, el ingreso, por cualquiera de los pasos fronterizos terrestres, de aquellas personas que hayan egresado del Territorio Nacional por medio de pasos fronterizos terrestres entre los días 1° de abril de 2020 y 25 de diciembre de 2020 conforme lo establecido en el artículo 2° de la Disposición DNM N° 40 del 8 de enero de 2021".

"Únicamente se podrá perfeccionar dicho movimiento migratorio a través del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de la localidad de Ezeiza, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el Aeropuerto Internacional San Fernando de la localidad de San Fernando, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el Aeroparque Metropolitano Jorge Newbery de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o el Puerto de Buenos Aires (Terminal Buquebus) de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES", agregaron.

Asimismo, indicaron que ante el "aumento del número de casos y se detectaron nuevas variantes del SARS-CoV-2, relacionadas a viajeros o a sus contactos, motivo por el cual a través de la Decisión Administrativa N° 268/2021, entre otras medidas, se suspendieron los vuelos directos aerocomerciales de pasajeros y pasajeras que tengan como origen Brasil, Chile y México". Esto se debe a que en los dos países vecinos hay una gran circulación de la cepa Manaos; mientras que en el territorio azteca muchos argentinos volvieron contagiados.

Cómo será el protocolo para aquellas personas que ingresen al país:

Por otra parte, a partir de este sábado 3 de abril, todas aquellas personas que ingresen al país tendrán que cumplir, además de las medidas ya pautadas desde que comenzó la pandemia, una serie de protocolos adicionales. Tendrán que someterse a dos “pruebas para SARS-CoV-2″. La primera será al llegar al país y otra al séptimo día del ingreso. En tanto, deberán hacerse cargo del “costo de ambas”.

Aquellos que obtengan un resultado negativo en el primer test, cumplirán un aislamiento “por el término de 7 días desde la toma de la muestra”, pero podrán hacerlo “en los respectivos domicilios denunciados a tal fin en su declaración jurada de ingreso al país”.

En caso de que les dé positivo el testeo, tendrán que realizar la "continuación" de un PCR “para su secuenciación genómica, según indicación del Laboratorio Nacional de Referencia”.

En tanto, la persona que deba hacerse los testeos, sus contactos estrechos deberán "cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera". Cabe resaltar que estadía estará a cargo de aquel que haya ingresado al país.

 

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