El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó las condenas de prisión perpetua para Madgalena Espósito Valenti y su novia Abigail Páez por el crimen del niño Lucio Dupuy, ocurrido durante noviembre del 2021 en la ciudad pampeana de Santa Rosa. Al mismo tiempo, este martes agregaron el agravante por el delito de "abuso sexual gravemente ultrajante" a la madre de Lucio, algo que se había descartado en el juicio. Por su parte, su pareja sí había sido condenada por el delito de abuso sexual con acceso carnal.
El fallo fue adoptado por la Sala A del mencionado tribunal de alzada, conformada por los jueces María Eugenia Schijvarger y Mauricio Piombi, acompañados por la secretaria María Elena Grégoire, que aceptó todos los planteos de la fiscalía, admitió parcialmente los de la querella y rechazó los cuestionamientos de las defensas de las imputadas, que habían sido condenadas a la pena máxima el 17 de febrero pasado.
Cabe recordar que durante el juicio se había hallado culpable a Espósito Valenti -madre de Lucio- de "homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento" mientras que Páez fue condenada por el delito de "homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico; agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado".
Si bien el Tribunal había absuelto a la madre de Lucio de la acusación de abuso sexual agrravado -por el beneficio de la duda-, ahora el TIP calificó la conducta de la progenitora con la misma calificación que su pareja con el agregado del "abuso gravemente ultrajante". Las fiscales María Mónica Rivero y Verónica Ferrero consideraron que la Audiencia de Juicio valoró "erróneamente una serie de pruebas" y sostuvieron que sí fueron probados los abusos en el ámbito intrafamiliar por parte de las dos condenadas.
Tras valorar las pruebas y escuchar las testimoniales, los dos magistrados del TIP concluyeron que Espósito Valenti -su mamá- también abusó del pequeño de cinco años. Entre los argumentos señalan que al horario de la muerte, por golpes y agresión sexual, solo estaba ella en el departamento que compartían. Además, luego de la autopsia, revelaron que el niño fue agredido sexualmente durante las semanas previas al día de su fallecimiento. También le dieron la razón al abogado querellante, en representación del papá del niño, por el abuso denunciado pero denegaron el cuarto agravante por "odio de género".
Por otro lado, las defensoras oficiales de las ahora condenadas, María Silvina Blanco Gómez y Alejandra Moyano González, aseveraron que "existió una actividad procesal defectuosa, hubo anomalías en la realización de una biopsia y en las conclusiones de las entrevistas efectuadas por psicólogas y psiquiatras" a las imputadas. Además señalaron que era "inconstitucional" que no se fijara la cantidad de años que significa la perpetua.
Moyano González también había pedido que Espósito Valenti sea absuelta por el homicidio, con el argumento de que no estuvo en la casa familiar cuando Lucio fue golpeado; y Blanco Gómez que Páez sea condenada por homicidio preterintencional, es decir sin intención de matar. El TIP descartó cada uno de los fundamentos.
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