El futbolista Carlos Tevez tiene una deuda de $42.361.511,85 con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Según trascendió en las últimas horas, Tevez intentó no pagar la deuda impositiva que contrajo al atrasarse con el pago del impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2020.
De todas formas, el juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias Nº 4 falló a favor de la AFIP y condenó al jugador de fútbol, por lo que se ve obligado a pagar el monto correspondiente.
En el 2020 el exjugador de Boca se atrasó con el pago de los anticipos 1, 2 y 3 del impuesto sobre los Bienes Personales, que grava la cantidad activos que tiene una persona. Cuando quiso saldar su deuda, el jugador quiso hacerlo todo junto, algo que está permitido. Pero la AFIP le notificó que, además, debía pagar los intereses por el atraso, algo que Tevez no quiso hacer, por lo que acudió a la justicia tributaria que, en las últimas horas, falló en su contra.
Para evitar el pago de la deuda, Tevez argumentó que “presentó la declaración jurada definitiva del Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2020, cuya cancelación fue instrumentada mediante la suscripción de un plan de pagos en los términos de la RG 4057 (Plan N° PO53792) en la que no se computó suma alguna en concepto de pagos a cuenta”.
Pero el juez Elías Alfredo Tapia falló en contra del futbolista, y determinó que deberá pagar $42.361.511 a AFIP por los intereses que no fueron pagados. Efectivamente, Tevez deberá pagar ese monto y se le permitirá tener un plan de pagos para hacerlo.
No es la primera vez que Tevez tiene problemas con el pago de impuestos. Endiciembre del 2021, el futbolista no quería pagar el Aporte Solidario y Extraordinario implementado para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia de Covid-19, ya que aseugraba que el impuesto “es confiscatorio”.
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El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada Tevez, por lo tanto, el exjugador de Boca tuvo que pagar el impuesto a las grandes fortunas. Según el tribunal, "el asunto que se trae a conocimiento del tribunal excede ostensiblemente el instituto cautelar, en tanto las cuestiones planteadas requieren un estudio más profundo del que aquél autoriza y demandan una mayor amplitud de debate y prueba".
"El impuesto es viable para dar respuesta a las necesidades públicas en particular en el contexto de crisis sanitaria y económica actual", aseguraron desde el juzgado en su momento.