Nadie está preparado para la muerte de un ser querido. En ese momento, necesitamos aceptar el duelo y lo último que queremos es pensar en todo el papeleo. Pero hay diversos trámites urgentes después de los fallecimientos que vale la pena conocer.
Reunir a nuestros familiares y amigos, y atender las necesidades emocionales, parece la única cosa importante en estas situaciones. Sin embargo, las tareas burocráticas, como la contratación de una funeraria o de cuentas bancarias, suelen tomarnos por sorpresa.
En esta guía práctica te contamos qué hacer cuando fallece un familiar. Estos consejos te ayudarán en uno de los momentos más difíciles que a todos nos toca atravesar.
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¿Qué hacer cuando fallece un familiar?
Cuando muere un familiar, lo primero que debés tener en cuenta es que hay una serie de decisiones importantes a tomar. Es necesario que sean consensuadas con los familiares y el círculo íntimo de la persona fallecida. Más adelante hablaremos en detalle de qué se tratan estas decisiones.
Por otra parte, vienen los aspectos legales relacionados a los fallecimientos. Es por eso que existen varios documentos que debés solicitar o tener a mano. Estos te ayudarán en cuestiones tan diversas como un funeral o un proceso de sucesión.
Además de los pasos a seguir inmediatamente después de la muerte del ser querido, también hay beneficios garantizados por el Estado. Estas ayudas, muchas veces económicas, le corresponden al núcleo familiar más cercano a la persona que falleció.
Documentos que debés tener
En Argentina, son diversos los documentos que hay que presentar después de los fallecimientos. A continuación, te contamos cuáles son:
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DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica de la persona fallecida, tanto el original como su fotocopia.
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Documento público, que puede ser la libreta de matrimonio o la partida de nacimiento. Este debe ser presentado por un familiar. El objetivo es acreditar el vínculo con el fallecido.
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Certificado de defunción. Este documento es expedido y firmado por el médico que verifica la muerte. Es necesario solicitar una copia de este certificado, e incluso hacer duplicado, para diversos trámites administrativos.
Paso a paso
Organizar el sepelio
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Primero debés contratar una empresa de servicios fúnebres.
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Avisá en tu trabajo de la muerte. Podés averiguar los días de licencia que te corresponden como trabajador, ya sea privado o estatal.
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Averiguá si la persona fallecida o tu familia tienen un lote, panteón o parcela en algún cementerio.
Después del funeral, lo primero por hacer es clasificar los documentos del fallecido. Esto permitirá verificar deudas y cuentas por cobrar.
Organizar los papeles
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Después del funeral, lo primero por hacer es clasificar los documentos del ser querido fallecido. Esto te permitirá verificar deudas, cuentas por cobrar y ventas en vida de la persona. Incluso, pueden existir garantías hechas por el difunto en un banco o en favor de un inquilino.
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Una vez que consigas el certificado de defunción, podés dejar registro del fallecimiento en la libreta de matrimonio. Averiguá cuáles son los pasos a seguir en la oficina de Registro Civil que corresponde a tu jurisdicción.
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Si existen bienes de los que el fallecido es titular, iniciá la sucesión.
Cremación o entierro
¿Sabés si tu familiar quería un entierro o cremación? Si la opción elegida fuese la segunda, es importante que solicites una licencia de cremación. Cada provincia y municipio tiene sus propios requisitos, por eso consultá en el Registro Civil que te corresponda.
Es importante que te asesores acerca de tus derechos frente a fallecimientos de familiares. Recordá que las funerarias y salas velatorias son empresas con fines de lucro. Muchas veces pueden intentar venderte productos y servicios que no son estrictamente necesarios.
Si vas a enterrar a tu familiar fallecido en un cementerio privado, asesorate sobre los derechos y obligaciones relacionadas. Estos corresponden tanto para los dueños de parcelas como para los administradores de cementerios privados.
Fallecimientos en pandemia
Debemos tener en cuenta que seguimos en tiempos de pandemia, una crisis sanitaria sin precedentes a nivel global. Es por eso que los sepelios que se realicen en esta época deben respetar estrictos protocolos de distanciamiento social, como el resto de actividades.
En el marco de la pandemia de coronavirus, el subsidio de contención familiar se amplió para cubrir también a personas que fallecen por COVID-19. La lista de beneficiarios incluye a ciudadanos víctimas de este virus que:
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Eran titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social. O aquellas que eran los niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad que generaban esa asignación.
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Eran titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social.
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Estaban desocupadas.
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Trabajaban en la economía informal.
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Estaban inscriptas en las categorías “A” y “B” del régimen de Monotributo.
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Estaban inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.
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Eran trabajadoras/es de casas particulares.
¿Qué hacer si mi familiar murió en el extranjero?
La representación de los ciudadanos argentinos en el extranjero son las embajadas y consulados. Son estas oficinas las que pueden asesorar a los familiares de personas fallecidas en otros países.
Pero es importante no confundir el papel que cumplen estas representaciones diplomáticas. La competencia del cónsul -o embajador- es informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes, catástrofes o fallecimientos.
No es competencia del consulado abonar costos de repatriación de cenizas o restos mortales de argentinos fallecidos en el exterior. Estos corresponden a los seguros de viaje contratados o deben ser asumidos por los familiares.
Los fallecimientos de ciudadanos argentinos en el exterior son considerados como emergencias consulares. Por eso, Cancillería dispone del directorio telefónico para emergencias de argentinos en el extranjero. Podrás encontrar los números de cada país en este sitio web.
Cancillería exhorta a llamar a estos teléfonos solo si la situación es una verdadera emergencia. En caso contrario, se le estaría quitando a otro la oportunidad de comunicarse y recibir una asistencia consular rápida y adecuada.
¿Qué trámites hacer cuando fallece un familiar en casa?
Cuando una persona fallece, un médico o un profesional de la salud debe declararlo muerto oficialmente. Así genera y firma un certificado de defunción. Si alguien muere en un hospital, o incluso en un geriátrico, el personal del lugar brindará ese servicio.
Ahora bien, ¿qué trámites hacer cuando fallece un familiar en casa? Estas situaciones muchas veces ocurren de forma inesperada. Lo que hay que hacer en esos casos es llamar a un número de emergencias, generalmente al 911.
Cuando los paramédicos o el personal de emergencias constate el deceso, el difunto será transportado -comúnmente- a un hospital. Allí será declarado muerto y sus restos trasladados a una funeraria.
Más allá de los trámites burocráticos, viene la parte emocional de los fallecimientos de personas queridas. Limpiar la casa o el departamento del difunto es una tarea en extremo difícil. Lidiar con las pertenencias de un ser querido fallecido es una labor que nos paraliza.
Los expertos en duelo recomiendan esperar un tiempo antes de tomar decisiones importantes sobre las pertenencias de un ser querido. Un plazo razonable sería un año. Es bueno superar cada fecha importante primero, como aniversarios y cumpleaños.
Otras decisiones
Donación de órganos
Después de una muerte, es urgente tratar la cuestión de la donación de órganos. Lo ideal es hacerlo dentro de las 24 horas. Es una decisión dolorosa pero necesaria. Para eso hay que conocer la intención del fallecido en relación a la donación.
En nuestro país, la ley es clara respecto a manifestar la voluntad de donación de órganos. Todos tenemos el derecho de dejar asentado nuestro deseo sobre el destino de los órganos y tejidos después de la muerte.
En los fallecimientos, el organismo responsable verifica la última voluntad hacia la donación de órganos. Si no existe manifestación expresa, la ley presume que la persona es donante.
Revisión de deudas
Otro paso importante cuando fallece un familiar es informar del deceso a los bancos y compañías aseguradoras. A partir de allí se procede a la cancelación de deudas aseguradas, como tarjetas de crédito o préstamos personales.
Si bien puede ser engorroso y hasta doloroso, no hay que dejar pasar mucho tiempo antes de realizar esta tarea. El objetivo es que las deudas del ser querido que murió no sigan generando intereses.
Seguros de vida
Si la persona fallecida tenía trabajo, hay que comunicarse con el empleador y tramitar el cobro del seguro de vida. Esto corresponde en casos de muertes relacionadas al trabajo. Pero también existen otros seguros de vida, por lo que lo mejor es asesorarse legalmente.
Cancelación de cuentas en bancos
No olvides informar la muerte de tu familiar a los bancos y compañías aseguradoras. Estos entes tendrán que proceder al cierre de las cuentas, y el cambio o baja en los seguros contratados. Tanto si son seguros de hogar como seguros de vehículos.
Subsidios, pensiones y beneficios
Pensión por fallecimiento de un trabajador
Si quien falleció era trabajador/a, sus familiares pueden tramitar la pensión. Pueden hacerlo el cónyuge, conviviente o hijos menores de 18 años (o sin límite de edad si son discapacitados) de la persona fallecida.
Si la persona que falleció trabajaba, sus familiares deben tramitar la pensión. Pueden hacerlo el cónyuge, conviviente o hijos.
Esta pensión aplica si el trabajador cumplía tanto con la condición de aportante regular o irregular con derecho. Es decir, si una persona -al momento de su muerte- trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o monotributista.
¿Qué se necesita para el trámite? Tenés que consultar en el sitio web de ANSES los requisitos y toda la documentación necesaria.
Si existen aportes que no están registrados, reuní la documentación que pruebe los períodos trabajados. Estos documentos pueden ser certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social, declaraciones juradas que acrediten los servicios del trabajador fallecido.
Pensión derivada por fallecimiento de un beneficiario
Cuando fallece un jubilado, los familiares tienen derecho a una pensión. ¿Quiénes pueden solicitarla? El cónyuge o concubino previsional y los hijos/as solteros hasta los 18 años. Estos últimos no deben percibir otra prestación.
El trámite se puede hacer tanto presencialmente como por internet. Si lo hacés presencialmente, deben haber pasados 4 meses desde el fallecimiento del jubilado. Si es por internet, debe ser dentro de los 4 meses del deceso.
¿Qué necesitás para pedir esta pensión? Entrá en la web de ANSES para verificar los requisitos y la documentación necesaria para cada caso.
Subsidio de contención familiar
Si tu familiar era jubilado o pensionado, podés pedir el subsidio para afrontar los gastos de sepelio. El monto de esta ayuda es una suma fija. Tenés tiempo para solicitarlo en el transcurso del año de sucedido el fallecimiento del titular de la prestación.
¿A quién está dirigido este subsidio? A la familia de la persona fallecida y que, al momento de su muerte, fuera beneficiaria de jubilación o pensión.
¿Qué necesito para pedir el subsidio de contención familiar?
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DNI de quien solicita el reintegro.
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Partida de defunción del jubilado o pensionado.
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Factura de la funeraria a nombre del solicitante de la asignación.
Cobro de haberes de un jubilado o pensionado fallecido
Si sos familiar de un jubilado o pensionado fallecido, podés cobrar por los días pendientes hasta el día del fallecimiento. No solo es posible percibir lo correspondiente a la última mensualidad, sino también los siguientes haberes:
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Primera liquidación.
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Mensuales no percibidos.
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Aguinaldo proporcional o completo.
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Subsidios no percibidos.
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Asignaciones familiares.
Si sos familiar de un jubilado o pensionado fallecido, podés cobrar por los días pendientes hasta el día del fallecimiento.
El cobro de haberes pendientes de un jubilado o pensionado está dirigido a la familia de la persona fallecida. Consultá en la página web de ANSES cuáles son los requisitos y la documentación que debés presentar.
Aviso importante
Si alguno de los pagos posteriores a la fecha del fallecimiento fueran extraídos de la cuenta, el apoderado o algún familiar deberán reintegrarlo. De no hacerlo, estarían cometiendo fraude, habilitando al banco y a ANSES a iniciar acciones legales.
Inclusión de nuevo integrante a una pensión existente
Hay que resaltar el hecho de que, si uno de los integrantes del grupo familiar tiene derecho a la pensión, esto no excluye al resto. Es por eso que, después de cumplir determinados requisitos, la pensión puede ser compartida.
Es probable que los porcentajes se modifiquen si a algún beneficiario deja de corresponderle la totalidad de la prestación. También pueden variar con la inclusión de cada nuevo beneficiario.
¿A quién está dirigido este beneficio? A familiares de una persona fallecida, por la cual otro familiar ya percibe la pensión. Estos familiares pueden ser:
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Esposa/esposo.
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Conviviente acreditado.
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Hijos menores de edad.
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Hijos discapacitados sin límite de edad.
¿Qué se necesita para incluir a un nuevo integrante en la pensión?
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DNI original de los integrantes del grupo familiar.
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Certificado de discapacidad, en caso de corresponder.
Para más información acerca de este trámite, podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130. Este número atiende de lunes a viernes, de 8 a 20 horas.
Conclusión
Los fallecimientos de nuestros seres queridos son situaciones difíciles para las cuales nunca estamos preparados. En esos momentos de duelo, existen muchos trámites que los familiares del fallecido deben realizar.
Organizar un sepelio, ordenar los documentos, cancelar deudas y cuentas de la persona fallecida son algunas de estas tareas. También existen diversos beneficios económicos que corresponden al núcleo familiar de esa persona.
Ahora que ya sabés qué hacer cuando fallece un familiar, podés encontrar más contenido utilitario y de interés general en nuestro sitio. Seguí leyendo El Destape.