Diputados convirtió en ley un proyecto que elimina el trámite de actualización de "Fe de Vida" de ANSES que deben presentar jubilados y pensionados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas para el cobro de sus haberes mensuales. La iniciativa fue aprobada por 170 votos a favor, solo 3 negativos y 6 abstenciones, en una votación a libro cerrado. De los aproximadamente 7,3 millones de pasivos del sistema previsional, más de 3,2 millones no deben presentar su fe de vida a partir de acuerdos entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría, del sector público.
En el documento se destaca que jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones No Contributivas "quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales", según señalan en el Art. 1°.
A partir de hoy, el Poder Ejecutivo -a través del Registro de Personas (RENAPER)- y la ANSES tendrán 120 días para realizar los entrecruzamientos necesarios para constituir una Base Única de Datos que certifique la supervivencia de adultos mayores. "Establécese que hasta que se encuentre cumplido el plazo establecido por el Artículo 2° quedará suspendida, para todos los jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, la necesidad de acreditar la supervivencia o dar “fe de vida” como condición para el cobro de sus prestación previsionales", sentencian. De esta manera, instan a la ANSES a "dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes".
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"Los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), como aquellas comprendidas por el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo de ANSES, no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deligerada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia", añaden. Cabe destacar que la normativa que obtuvo su media sanción en Senado con 60 votos afirmativos, el 13 de abril pasado. Casi tres meses después, su tratamiento se incluyó en la sesión especial de Diputados por solicitud de la diputada oficialista Paula Penacca.
Dicho requisito había quedado sin efecto durante el 2020 y el 2021 por la pandemia del Covid-19 y la ANSES lo reestableció en marzo del año pasado. Ese mismo mes, el organismo solicitó a las entidades bancarias que simplifiquen el trámite y los bancos comenzaron a ofrecer alternativas digitales para que jubiladas/os y pensionadas/os puedan elegir de qué forma realizarlo sin tener que concurrir a una sucursal bancaria.
"En ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación...más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice", precisó el artículo que establece la modificación aprobada.
"Es una gran noticia la decisión, si aceptamos como creo que va a suceder, el apartamento del reglamento e incluimos la eliminación de la Fe de Vida dentro de la aprobación de la sesión. Vamos a llevar alivio a millones de jubilados y pensionados que todos los meses sufren la incapacidad y la ineficiencia del Estado, que no puede resolver algo tan simple como chequear las bases de datos y cargan sobre nuestros adultos mayores una obligación más, que muchas veces los dejan al margen de la posibilidad de cobrar", manifestó la diputada y presidenta de Confianza Pública, Graciela Ocaña. Y sentenció: "Ante la situación que viven millones de jubilados a los que no les alcanza la jubilación, que han perdido contra la inflación, es una buena noticia para ellos".
Qué es la Fe de Vida y cómo se realiza el trámite hoy
La Fe de Vida es un trámite que los jubilados debían realizar periódicamente para que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) certifique la supervivencia del jubilado o pensionado y así cobrar sus haberes mensuales sin inconvenientes. Si el procedimiento no se acreditaba de forma mensual, el dinero era retenido por el banco. "Podés consultar con tu banco de qué forma y con qué frecuencia tenés que acreditar la Fe de Vida. En muchos casos, las compras realizadas con tu tarjeta de débito o crédito les sirve para dar por cumplido este trámite, por lo que es posible que no tengas que hacer nada en especial", aclaran en la página web del Gobierno.
Hasta el momento, el trámite podía cumplirse de diversas formas:
- Cobrar la jubilación o pensión por ventanilla en el banco
- Hacer una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria (en algunas ocasiones también se exige un retiro de efectivo)
- Colocar la huella digital en los diferentes tótems de los bancos
- Acercarse a una Terminal de Autoconsulta Biométrica de las Oficinas de ANSES
- Ingresando a la página web o aplicación del banco donde se percibe el haber para realizar el trámite de forma online a través de una foto del beneficiario.
"Si tu banco suspendió el cobro de tu jubilación o pensión por no realizar la Fe de Vida, utilizá los medios no presenciales que ofrece tu entidad bancaria y dentro de los 2 días hábiles vas a tener acreditado tu haber. También, podés realizar el trámite de Fe de Vida colocando tu huella en los tótems de autogestión ubicados junto a los cajeros automáticos de la mayoría de las sucursales bancarias", mencionan.
A partir del cambio en Diputados, se podrán corroborar los datos a partir de las compras con las tarjetas de débito o crédito y también con los padrones electorales.